El caso se judicializó a partir de un amparo colectivo promovido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM).

En una resolución a la que tuvo acceso Somos Télam y que lleva las firmas de los jueces Carlos Vellefin y Roberto Lemos Arias, la Justicia dispuso el mantenimiento de la medida cautelar, en cuanto suspendió el artículo 154 del DNU 70/23, hasta tanto se resuelva -con carácter firme- el fondo de la cuestión debatida y rechazó el recurso de queja presentado por el Estado nacional.
El caso se judicializó a partir de un amparo colectivo que fue promovido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que cuestionó el decreto ante los tribunales federales de la capital bonaerense.
En su presentación, sostuvieron que la derogación de la Ley libera el mercado de tierras, “habilitando la extranjerización de las mismas, con dinámicas latifundistas, que ponen en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional, condicionando no sólo la disponibilidad del suelo argentino, sino también los cursos de aguas dulces”.
En ese sentido, el abogado del Cecim, Jerónimo Guerrero Iraola, expresó a través de las redes sociales que la decisión de la Justicia constituye “otro golazo” del organismo de excombatientes.
En otra resolución dada a conocer ayer, la Cámara Federal de Apelaciones La Plata concedió parcialmente el recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo Nacional contra la sentencia que declaró inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23, por lo que desde el Cecim adelantaron que recurrirán ante la Corte Suprema de Justicia.
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