La AFIP publicó los detalles de la medida anunciada por el Banco Central que modifica la adquisición del dólar ahorro.

Lo hizo a través de la Resolución General 4815/2020 publicada en el Boletín Oficial, que establece un nuevo régimen de percepción que la AFIP aplicará sobre todas las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, es decir tanto el dólar ahorro como las compras en el exterior, ambas ahora dentro del tope de U$S 200 mensuales.
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Para la AFIP, este nuevo 35% que se aplicará a la compra de la divisa se considerará como pago a cuenta de Bienes Personales, para quienes estén adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), y a cuenta del impuesto a las Ganancias para el resto de los contribuyentes.
Quienes hayan pagado ese 35% de recargo y no paguen Ganancias ni Bienes Personales, “podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción”, señaló la resolución.
La resolución incluye algunas excepciones al recargo del 35%:
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