El golfista fue condenado por “lesiones agravadas y hurto simple”. El tribunal acogió en la calificación legal la cuestión de género, por lo que el fallo no resulta excarcelable

La explicación de la fiscal se fundamentó en que considera que Cabrera debe cumplir “intramuros” los tratamientos que “nunca cumplió” cuando estuvo en libertad para procurar su rehabilitación.
Antes de conocerse el veredicto, además, el fiscal del 3° Turno de Violencia Familiar y de Género, Cristian Griffi, había dictado la prisión preventiva a Cabrera por otra causa, también con la denunciante Torres Mana, en la que se lo acusa de amenazas y desobediencia a la autoridad.
Tras conocerse la sentencia, la fiscal Batistelli, afirmó a los medios que el tribunal «cumplió el pedido de la fiscalía, con dos años de prisión en forma efectiva. Y lo más importante, que acogió en la calificación legal la cuestión de género. Ese es el gran paso que dio el Ministerio Público Fiscal».
«Todo eso que se veía respecto a la cuestión de género, se visualiza ahora en la sentencia, y la sentencia marca la realidad de los dos hechos», puntualizó la funcionaria judicial, a la vez que elogió la instrucción de la causa desarrollada por su colega Griffi.
Por su parte, el abogado defensor de Cabrera, Carlos Hairabedian, sostuvo: «Estoy en desacuerdo con que sea efectiva la sanción. Nosotros vamos a recurrir hasta la Corte Suprema de Justicia, porque los hechos por los que fue condenado se encuentran prescriptos”
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