Es porque recibieron el ATP en algún momento de la pandemia y se les restringió el acceso al cupo de U$S 200 a todos aquellas personas que reciba un programa caracterizado como de "ayuda social". Debate porque el ATP lo pide la empresa, no el trabajador.

El tema surgió este martes cuando a medida que transcurría la mañana, más y más personas advertían por las redes sociales que estaban bloqueadas para la adquisición del cupo mensual del dólar ahorro.
La causa está en la comunicación A 7105 del BCRA que señala que una entidad bancaria no podrá abrirle una caja de ahorro en moneda extranjera ni venderle dólares al solicitante “que sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social –incluyendo los subsidios de carácter alimentario”.
Mientras duró el ‘apagón’ cambiario en los bancos –entre el 16 y el 25 de septiembre y del que no estuvieron exentos de responsabilidad la Anses y el propio BCRA– fue creciendo el espectro de situaciones alcanzadas por la restricción. Al principio se consideró que llegaba a los beneficiarios de la AUH, los planes sociales y el IFE. Luego, a través de distintas aclaraciones, se agregaron las personas que hubieran percibido el crédito a tasa 0 destinado a monotributistas y autónomos y los que refinanciaron el saldo de la tarjeta de crédito. Estos grupos se agregaron a los que ya estaban restringidos de antes: los coleros y los que operaron en el mercado bursátil para adquirir dólares. Finalmente, ingresaron también los empleadores que pidieron los ATP. Ahora también están los asalariados que recibieron en sus cuentas sueldo el ATP. La restricción para estos 2,3 millones de casos tendrá vigencia mientras dure la asistencia: si el asalariado recibió el ATP sólo por el sueldo de abril igual no podrá comprar dólares en octubre.
Un debate
Hasta ahora se entendía que los asalariados que recibieron el ATP no estaban incluidos en la restricción. Detrás de este razonamiento estaba la idea de que no pidió el ATP, sino que lo hizo el empleador. Fuentes del BCRA consultadas al respecto señalaron que “el ATP se deposita en la cuenta del trabajador, no es un aporte a la empresa”. Y remarcaron: “Sin el ATP el empleado no cobra su salario”.
Ahora bien, el salario es una contraprestación por el trabajo realizado por el asalariado. La pandemia estableció un marco de excepción en el cual el gobierno nacional aseguró que los trabajadores privados tenían el “derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales” así no fueran a trabajar por el aislamiento social obligatorio.
El hecho de que a partir de su cuarta edición el ATP se haya convertido en un préstamo a la empresa, no al asalariado, destinado al pago de los salarios agrega confusión a la definición de que es un auxilio al asalariado. Además, desde el quinto pago del ATP, con el sueldo de agosto, el empleador tiene la posibilidad de transformar el crédito en un subsidio si toma personal. Es decir, está sujeto a las decisiones empresarias de las que no participa el asalariado. Si el subsidio estuviera efectivamente dirigido hacia el asalariado, no habría ninguna intermediación.
Sin puré
Más allá del debate, lo cierto es que muchos asalariados que reciben el ATP no están cobrando totalmente la parte que le corresponde a la patronal. Abundan las denuncias en ese sentido. De cualquier manera, la posibilidad de adquirir los 200 dólares para luego venderlos en el mercado ilegal le llegó a generar a ese asalariado hasta unos 6000 pesos por la brecha cambiaria, equivalente a un 15% del salario registrado medio del segundo trimestre de este año.
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