Qué implica esta normativa a lo largo del país. Cuáles son las reglamentaciones.

La emergencia había sido aprobada por la ley 27.541 y luego extendida hasta el 12 de marzo por el decreto 260/20. En el mismo decreto de necesidad y urgencia se establece “ante una situación sanitaria epidemiológica crítica, un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran”.
La nueva normativa considera “zonas afectadas” por la pandemia de COVID-19 a todos los países del mundo y como “zonas afectadas de mayor riesgo” a “aquellas que tienen circulación comunitaria de nuevas variantes de COVID-19 que pueden condicionar la capacidad de respuesta del país y requieren de medidas sanitarias específicas”.
También se amplía a los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo la potestad de fijar precios máximos y de adoptar las medidas necesarias para prevenir el desabastecimiento de todos los insumos que sean considerados críticos.
El DNU además establece que deberán permanecer aisladas durante 14 días quienes sean considerados “casos sospechosos” según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio; quienes revistan la condición de “casos confirmados”, según la definición de la autoridad sanitaria; quienes sean considerados “contactos estrechos” de casos de COVID-19, según la definición de la autoridad sanitaria nacional, y quienes arriben al país desde el exterior.
En todos los casos, quienes arriben del exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud para determinar el potencial riesgo de contagio. También deberán contar con un test PCR negativo hecho no más de 72 horas previas al embarque.
Las personas extranjeras no residentes además deberán contar con un seguro de viajero especial para la atención de la COVID-19 en el país.
El Ministerio de Salud estará facultado para recomendar la suspensión o reducción de frecuencias de transporte internacional de pasajeros tanto aéreo, marítimo, fluvial como terrestre, así como la suspensión de destinos.
El Senado aprobó la norma enviada por el oficialismo por 40 votos a favor y…
El pacto que debe pasar por el Congreso le da centralidad al Régimen de Incentivo…
La tercera temporada de la serie de Apple TV+ ofrece once capítulos cargados de duelo,…
Así lo indican las publicaciones de OJF (Ferreres) y Fiel, que marcaron caídas del 4,4%…
Ahora, se presentó el Monitor de casos de abuso de la virtualidad, en el que…
Habrá paros parciales y se movilizarán gremios industriales, de la educación y del transporte. Al…
El presidente de Estados Unidos publicó un mensaje cargado de insultos personales contra el actor.…
Argentinos por la Educación celebró avances en 2025 con respecto al año anterior, pero advirtió…
Se trata de Gabriel Sánchez Zinny, investigado por uso irregular de créditos fiscales durante su…
Durante enero y febrero, más de 2000 personas de más de 30 distritos bonaerenses participaron…
Tras las agresiones y la detención del camarógrafo Facundo Tedeschini, los familiares del fotógrafo herido…
La exposición, que se realiza en el MALBA, reúne más de 50 obras de la…