El oficialismo consiguió media sanción a la reforma del Ministerio Público Fiscal

Por: Verónica Benaim

Con los votos propios y con críticas de la oposición, el Frente de Todos giró a Diputados un proyecto que busca limitar a cinco años el mandato del Procurador y relaja la mayoría para nombrarlo.

Con cambios en unos 17 artículos en el recinto, el Frente de Todos aprobó con 42 votos afirmativos y 27 votos negativos el proyecto que modifica la cantidad de votos necesarios para designar al Procurador General de la Nación y que limita el mandato –actualmente hasta la edad de 75- a cinco años a partir de la modificando la Ley del Ministerio Público Fiscal, cuyo proyecto giró a la Cámara de Diputados.

Durante el debate, que tuvo unos 18 oradores, el oficialismo recordó la persecución que sufrió la ex procuradora general Alejandra Gils Carbó cuando asumió el macrismo al gobierno, lo que la empujo a renunciar a su cargo. Incluso, el senador de Juntos por el Cambio Martín Lousteau en su exposición acepto la acusación. “Es cierto que renunció, dice el oficialismo por presiones, puede ser”.

Por el lado de la oposición de Juntos por el Cambio, defendieron al actual jefe de fiscales interino, Eduardo Casal, y señalaron que la sesión fue una puesta en escena para que el oficialismo pueda avanzar con su remoción y designar al juez Daniel Rafecas, cuyo pliego está paralizado en la Comisión de Asuntos Constitucional porque el espacio político no cuenta con la mayoría agravada -dos tercios- que establece la norma actual.

El dictamen de mayoría fue firmado en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales el viernes pasado, luego de que se unificaran tres proyectos, dos de ellos de los senadores opositores Martín Lousteau y Lucila Crexell, que habían sido presentados en diciembre de 2019.

Pasadas las 16.30, elvmiembro informante del oficialismo, Oscar Parrilli, aclaró: “Acá no se trata de Rafecas sí, Rafecas no. Se trata de Casal sí, Casal no. Porque muchos quieren que sigan Casal como interino que es el que le sirvió durante estos dos años”.

En cuento al límite en la duración del cargo que le corresponderá al jefe de los fiscales, el neuquino señaló que “la Constitución no habla de que el procurador sea vitalicio”. “Solo hay dos países en América Latina donde el procurador tiene cargo vitalicio, Cuba y Argentina, ahora solo quedará Cuba”, agregó.

En tanto, a lo referido con los votos necesarios para su designación, Parrilli argumentó que “como ya no es vitalicio no nos parece conveniente que ya no tenga los dos tercios”. “No estamos diciendo que no busquemos los dos tercios. La ley no prohíbe los dos tercios”, aclaró y apuntó que será elegido con “mayoría absoluta, 37 miembros, no mayoría simple como se dijo”.

El senador del Frente de Todos recordó que Gils Carbó “fue designada con el respaldo del “92% de los senadores” e hizo mención a la “despiadada, brutal y feroz persecución” que vivió durante el gobierno de Cambiemos. En ese punto, manifestó: “Terminó renunciando, en diciembre de 2017, porque en octubre de ese año, en connivencia con sectores del Poder Judicial, un gran diario publicó el teléfono de su hija, y le empezaron a llover las amenazas e intimidaciones de todo tipo. Finalmente terminó renunciado porque estaba en riesgo y juego no solamente la estabilidad en el cargo, sino la seguridad de su hija y toda su familia”.

En ese marco “nombraron como interino a Casal porque no les convenía buscar un procurador que representara a todos los sectores políticos”, agregó.

Desde la oposición, fue la senadora del Pro Laura Rodríguez Machado quien acusó al oficialismo de estar en medio de una interna en cuanto a la persona seleccionada para estar a cargo del organismo institucional. Al respecto, manifestó: “es vox populi que a Rafecas lo estaría poniendo Alberto Fernández, que a Cristina no le gusta y que va a poner otro”.

La legisladora por Córdoba afirmó que “es mucho más si aprobamos los dos tercios como mayoría necesaria para la designación del procurador, sino que se trata de un instrumento legal para ejercer un brutal avance contra el Ministerio Público Fiscal, que es un organismo independiente, por lo menos hasta que se sancione esta ley, que tiene a su cargo a través de los fiscales investigar delitos de corrupción”. “El objetivo es lograr la impunidad y poner a los fiscales argentinos de rodillas”, finalizó.

Antes de la votación, el rionegrino Martín Doñate (FDT) leyó los cambios formulados en el proyecto, entre los cuales se establece que en caso de licencia, recusación, excusación o impedimento transitorio del Procurador General de la Nación, las funciones y atribuciones previstas en esta ley serán ejercidas interinamente por Procurador seleccionado por sorteo público, o un/a fiscal coordinador/a de distrito, o por un/a fiscal general con más de 10 años de antigüedad en el cargo, de conformidad con la reglamentación que se dicte al respecto. A falta de reglamentación, intervendrá quien tenga más antigüedad en tal cargo.

En caso de vacancia o licencia prolongada superior a los treinta (30) días las funciones y atribuciones previstas en esta ley serán ejercidas interinamente por un/a procurador/a fiscal, o un/a fiscal coordinador/a de distrito, o por un/a fiscal general con más de 10 años de antigüedad en el cargo elegido/a por la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público de la Nación, de conformidad con la reglamentación que se dicte al respecto. A falta de reglamentación, intervendrá quien tenga más antigüedad en tal cargo.

El proyecto además establece que el procurador solo podrá ser removido por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones. El proceso podrá iniciarse por dos vías: decisión fundada del Poder Ejecutivo comunicada a la Cámara de Diputados, o a solicitud de cualquier diputado.

En ambos casos, para la acusación ante el Senado se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara baja -129 diputados-. Luego, el Senado se encargará del juicio, y finalmente, para la remoción se requerirán los dos tercios -48 votos-, como en la actualidad.

Asimismo, indica que los traslados de magistrados, funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal deberán ser aprobados por la bicameral de Ministerio Público Fiscal del Congreso. En cuanto a la relación con los servicios de Inteligencia, reza que en ningún caso los fiscales podrán requerir “tareas o funciones de investigación criminal” a los organismos de Inteligencia ya que esa conducta será considerada causal de remoción. Un punto novedoso es que se incluyen los principios de perspectiva de género y federalismo.

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