El robo en banda en poblado: en qué consiste el delito al que apuntan las autoridades por los ataques a comercios

"El caso amerita actuar con la mayor rigurosidad de la ley: un robo en poblado y en banda tiene una pena de no menos de 15 años de prisión”. Las palabras del secretario de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Sergio Berni. Claves de esta figura penal y la autoincriminación de Castells.

“Recién terminamos de recorrer gran parte del conurbano y ya está todo normalizado. El caso amerita actuar con la mayor rigurosidad de la ley: un robo en poblado y en banda tiene una pena de no menos de 15 años de prisión”. Las palabras del secretario de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Sergio Berni, apuntan a la figura delictiva con la que buscan encuadrar los ataques a comercios que, según su propia información, superaron los 150 solo en territorio bonaerense.

Desde el gobierno tanto provincial como nacional coinciden en remarcar que los hechos no fueron saqueos espontáneos: «fueron episodios delictivos organizados y fogoneados en las redes», destacaron fuentes de ambas administraciones.

¿De qué se trata esta figura penal? «Todo estos episodios podrían ser considerados como robo agravado en poblado y banda, según el artículo 167 del Código Penal que establece una pena de 3 a 10 años –apuntó a Tiempo un juez de Morón–. Además si tenía un adoquín, piedra o palo, puede agravarse por el uso de armas, que lleva la pena de 5 a 15 años».

No es la figura más recurrente en acusaciones penales, aunque han habido casos estos años. Sin embargo, la mayoría de las veces se trató en situaciones de tres o más personas, pero en grupos pequeños. En la mayoría de los robos de las últimas horas hubo grupos numerosos, de más de veinte integrantes, que incluyeron golpes a comerciantes, como en el caso de un supermercado chino en Moreno y otro en Mataderos (CABA).

«También podrían considerarse delitos conexos como daños y amenazas que si bien son excarcelables, si el imputado tiene antecedentes o causas en curso queda detenido, por el artículo 166, inciso 2″, agregó el magistrado. Justamente es algo que están viendo las autoridades: varios de los 64 apresados tenían antecedentes.

Y acotó algo más que podría agravar penas, aunque es lo más difícil de probar: «A todo esto se le puede sumar asociación ilícita si se comprueba que hubo un plan sistemático».

La autoincriminación de Raúl Castells

En la noche del martes, mientras se sucedían ataques a comercios, sorprendió la declaración del dirigente piquetero Raúl Castells. «Entreguen los alimentos y esto se soluciona en 24 horas –amenazó en diálogo con un programa del canal Crónica–. La gente está saliendo a buscar comida, y si no encuentra comida nosotros, que estamos convocando a esto, les estamos diciendo que sin robar plata, ni romper nada, se lleven lo que puedan aunque sea para canjear por comida».

Esta mañana quien salió a acusarlo, afirmando que le presentará una denuncia judicial, fue el dirigente macrista Yamil Santoro que lo justificó en «sus acciones contra la propiedad privada y el Estado de Derecho. No vamos a dejar que los violentos tomen el control».

Mientras tanto, el que fue precandidato a presidente por el MIJD Confederado, Santiago Cúneo (en interna contra Castells), apuntó contra el dirigente social tras adjudicarse la responsabilidad de los hechos: “Castells no puede organizar ni el saqueo de un kiosco. Castells cree que esto es por hambre, pero son hechos delictivos, con gente armada y con operación de inteligencia. Piensa que se está haciendo cargo de una rebelión popular, pero esto es un acto delictivo”.

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