El juez Alejo Ramos Padilla ordenó su aprehensión por violar el aislamiento social obligatorio. Deberá permanecer en su domicilio bajo control de la policía.

El embargo fue dispuesto “a fin de cubrir las eventuales costas del proceso y los gastos en que se ha incurrido en el procedimiento y los que se podrían erogar como consecuencia de su manutención durante el aislamiento obligatorio”, sostiene la resolución del juez.
Además, Ramos Padilla requirió un informe sobre “los últimos movimientos migratorios del imputado registrados por la Dirección Nacional de Migraciones”, para determinar con precisión cuándo y por dónde salió de la Argentina y cómo y por qué paso fronterizo reingresó cuando ya estaba instalada la crisis por la pandemia.
El juez obró de acuerdo con el decreto de necesidad y urgencia firmado el jueves pasado por el presidente, Alberto Fernández: “El mandato es claro y emitido legítimamente por el Poder Ejecutivo de la Nación en uso de las facultades de la Constitución Nacional”.
La batería de medidas incluye una orden al intendente de Pinamar, Martín Yeza, para que implemente “las medidas sanitarias que pudieren corresponder al caso a los fines de constatar la presencia del COVID-19 en la persona imputada y en los eventuales co-habitantes de la vivienda, y que se provea a los habitantes del domicilio de los elementos indispensables para transitar el aislamiento mencionado (alimentos, medicamentos y elementos de higiene de primera necesidad)”.
La resolución, a la que tuvo acceso Tiempo, estableció que Llamas ya había intentado llegar hasta la Costa Atlántica apenas regresó de Brasil, pero fue impedido por las autoridades en un control carretero.
“Habría sido detectado, en una primera oportunidad, por personal de la Prefectura Naval Argentina en el peaje de Hudson de la autovía 2 rumbo a la costa atlántica y habría sido conducido por la fuerza pública hacia su domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, toda vez que se habría constatado que había regresado recientemente desde la República Federativa de Brasil, por lo que podría haber infringido el aislamiento obligatorio de personas que hayan regresado a nuestro país en los últimos 14 días desde zonas consideradas riesgosas para la propagación de la pandemia COVID-1”, explica el documento.
Allí se generó la situación que el martes fue reflejada por las cámaras de televisión. Llamas fue escoltado hasta un domicilio en el barrio porteño de Flores, pero apenas se retiraron las fuerzas de seguridad se alejó del lugar.
“De algún modo vulneró los controles previstos y se dirigió nuevamente hacia la Costa Atlántica, pese a que ya había sido notificado por las fuerzas de seguridad que ello constituía una violación al mencionado aislamiento obligatorio, lo que implicaría la nueva comisión de un delito, por lo que corresponde la formación de la presente causa penal incoada en su contra para investigar su posible conducta ilícita”.
La forma en que violó los controles y consiguió llegar hasta Ostende, pese a las restricciones y prohibiciones vigentes, también está bajo investigación del juez de Dolores.
La detención de Llamas fue dispuesta, además del delito y su conducta procesal, “a los fines de cumplir también de ese modo con el aislamiento obligatorio y proteger la salud pública”. El surfer fue convocado a prestar declaración indagatoria que “se realizará por medios tecnológicos, a los fines de evitar que, a través de la realización de una audiencia presencial, se incrementen los riesgos de contagio y de permitir dar continuidad asimismo a la medida de aislamiento obligatorio”.
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