En qué consiste el proyecto para crear comisiones de trabajadores y empleadores en las empresas

Por: Verónica Benaim

Propone un órgano en cada firma para analizar las condiciones de trabajo e incluso prevenir la violencia de género.

El poder Ejecutivo envió este jueves al Congreso un proyecto de ley que propone la creación de un Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo en cada ámbito laboral.  La iniciativa lleva la firma del ministro de Trabajo Claudio Moroni, del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y del presidente, Alberto Fernández. 

El miércoles, Fernández adelantó a los dirigentes de la CGT y CTA sobre que mandaría la iniciativa a la Cámara de Diputados.  “No hay que demorar más tiempo en resolver estas cosas que deberían estar resueltas en el siglo XXI”, expresó el mandatario. 

Lo cierto es que la idea fue trabajada desde principios de este año en la cartera laboral. Moroni, en el mes de enero, se reunió con los diputados nacionales de extracción sindical para proponer que el tema se incluya en la agenda del debate parlamentario. De ese encuentro participaron Vanesa Siley (Federación de Sindicatos de Trabajadores Judiciales), Walter Correa (Federación del Cuero), Hugo Yasky (Central de Trabajadores de la Argentina), Claudia Ormachea (Asociación Bancaria), Patricia Mounier (Sindicato Argentino de Docentes Privados) y Carlos Ybrhain Ponce (Unión Obreros y Empleados Plásticos-CGT Regional Villa Mercedes San Luis) y María Rosa Martínez (identificada con la Corriente Federal de Trabajadores).  

La iniciativa establece que el Comité se constituirá como un órgano paritario y colegiado de participación. Está destinado a la consulta regular de las actuaciones en materia de prevención de riesgos, seguridad, salud y medio ambiente, que se lleven a cabo en los lugares de trabajo, ya sea que se trate de empresas o establecimientos del ámbito privado o en el sector público nacional. 

El citado Comité Mixto será obligatorio en dichos lugares de trabajo, cuando allí se desempeñen 100 o más trabajadoras y trabajadores. Estará formado por 2 representantes de las trabajadoras y los trabajadores y por el empleador o sus representantes, en igual número, salvo lo que se disponga en los convenios colectivos de trabajo. En las empresas en que se desempeñen más de 500 trabajadores se duplicará el número de integrantes. 

El Comité podrá participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgo, la promoción de la seguridad y el resguardo de la salud y los factores de riesgo psicosociales en el ámbito laboral. A tal efecto, allí se debatirán los proyectos de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías. 

Asimismo, promoverá iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos y la promoción de la seguridad y la salud en el ambiente laboral, así como también en la elaboración de los planes de formación en materia preventiva. En materia de género tendrá la tarea de contribuir en la prevención de la violencia y del acoso en el trabajo y cualquier otra forma de discriminación. 

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