Se publicó en el Boletín Oficial la resolución que bajó el proceso. El gobierno, paralizado con el futuro de la vía fluvial.

“Déjase sin efecto el procedimiento de selección por el cual tramita la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2024, convocada por la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables”, dijo la resolución en su artículo 1.
La licitación era para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado, re-dragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal (VNT), que es como se conoce formalmente a la hidrovía.
La noma no ordena la apertura de un nuevo proceso licitatorio, ni siquiera lo esboza. Este medio pudo saber que en torno de este tema existe una parálisis en el gobierno, tironeado por distintos lobbys que reclaman para sí la posibilidad de quedarse con el negocio, calculado en ingresos por unos U$S 400 millones al año en peajes cobrados a los barcos que transitan la VNT.
Entre otras disputas, esta licitación abrió una grieta entre Mauricio Macri y el presidente Javier Milei, quienes manifestaron sus diferencias en público. Es sabido del interés de Macri en este negocio, en el que estaría impulsando a una firma de Países Bajos.
La resolución dejó algunos datos interesantes sobre el proceso ahora trunco porque solo hubo una propuesta para la licitación, de la firma Dredging, Environmental and Marine Engineering NV, de Bélgica.
Así, señaló que a la licitación se inscribieron once empresas y se realizaron 121 consultas a través del sistema establecido para ese fin.
“El procedimiento de selección reviste un interés estratégico para la República Argentina atento a que la Vía Navegable Troncal concentra el mayor movimiento logístico portuario del país, aglomera cerca de 60 terminales portuarias a lo largo de su cauce y constituye la ruta fluvial por la que se traslada aproximadamente el 80% de las exportaciones del país”, señaló la ANPYN.
Agregó que “es un principio cardinal de todo procedimiento licitatorio la concurrencia de una gran variedad de oferentes a efectos de permitir una mayor competencia que favorezca la selección de la oferta más conveniente para el Estado Nacional”.
La dependencia se apoyó, además, en una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que explica que el sentido de una licitación es “la competencia entre las distintas ofertas”, algo que en este caso no existió.
Así, “en virtud de ello, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, y a los efectos de lograr un procedimiento licitatorio en el que se asegure una mayor concurrencia de ofertas, corresponde dejar sin efecto” la licitación de la hidrovía.
Además, la ANPYN instruyó a su Gerencia de Asuntos Jurídicos “a realizar informe pormenorizado del procedimiento licitatorio y remitir toda la documentación a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a los efectos que se investigue la posible existencia de conductas anticompetitivas”.
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