La medida se extenderá por 90 días y fija los combustibles en el valor que tenían antes de las PASO.

El Decreto fijó los combustibles en el valor que tenían el 9 de agosto, último día hábil antes de las PASO hasta después de las elecciones generales de octubre.
El gobierno recurrió al DNU luego de que fracasara un intento de acuerdo con las petroleras, que pusieron el grito en el cielo tras el anuncio inconsulto del presidente de congelar el precio de las nafta.
«Ante la magnitud de los recientes acontecimientos económico financieros desencadenados, de público conocimiento, es obligación del Poder Ejecutivo Nacional utilizar los instrumentos a su alcance y adoptar las medidas específicas necesarias para proteger a los consumidores», argumentó el Gobierno en el decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial.
Allí establece que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local «deberán ser facturadas y pagadas aplicando un tipo de cambio de referencia de $ 45,19 y un precio de referencia BRENT de US$ 59 por barril.
«Las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas deberán cubrir, a los precios establecidos en este decreto, el total de la demanda nacional de combustibles líquidos, de conformidad con los volúmenes que les sean requeridos a partir de las prácticas usuales de mercado», agregó.
Además, destaca que «las empresas productoras de hidrocarburos deberán cubrir el total de la demanda de petróleo crudo que les sea requerido por las empresas refinadoras locales, proveyendo de manera habitual y continua a todas las refinerías ubicadas en el territorio de la República Argentina para la adecuada satisfacción de las necesidades internas».
Si bien en un principio el gobierno amenazó con utilizar la ley de abastecimiento para implementar la decisión, finalmente en el DNU hace referencia al artículo 42 de la Constitución Nacional, en donde «se establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno».
Además, cita a la Ley N° 26.741 que establece, como un principio de la política hidrocarburífera de la República Argentina, «la protección de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos».
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