El macrismo no logró quórum en la Bicameral para intentar dejar directivos en Enacom, la Defensoría del Público y el directorio de Radio y Televisión Argentina antes del cambio de composición del Congreso.

Finalmente, el senador radical Eduardo Costa no pudo garantizar el quórum de la comisión, por lo que no pudieron sesionar. Estuvieron presentes 7 legisladores de Cambiemos: el propio Costa, los también senadores Roberto Basualdo,Juan Romero, Laura Rodriguez Machado, y Marcelo Wechsler, Karina Banfi y María Piccolomini de Diputados.
La intención del macrismo, tras un año de inactividad, era aprobar el ingreso de nuevas autoridades en el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), creado por Mauricio Macri tras la eliminación de la AFSCA y hoy encabezado por Silvana Giudici; la Defensoría del Público, intervenida desde hace un año, y el directorio de Radio y Televisión Argentina (RTA).
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Desde el bloque del Frente de Todos, el diputado Pablo Carro, quien integra la Bicameral, había adelantado su negativa a etas maniobras a días del cambio de legisladores.
“Nuestro Bloque no avala la convocatoria ni el temario apresurado para cualquier decisión que comprometa la diversidad y el pluralismo en las comunicaciones. Vamos a recuperar la institucionalidad, el pleno y transparente funcionamiento del ENACOM y la Defensoría del Público”, señaló en redes sociales.
Los nombramientos en la Defensoría y RTA están limitadas por la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
En relación a la Defensoría, que lleva un año intervenido por la Bicameral y 4 años sin un titular nombrado, la ley establece que primero se debe pública el nombre y antecedentes de la persona propuesta para ser conocido por ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil y luego debe ser designado por resolución de ambas cámaras.
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En relación a RTA, integrada por directores designados por el Ejecutivo y por el Parlamento, la ley establece que “la conformación del Directorio se efectuará dentro de los dos (2) años anteriores a la finalización del mandato del Titular del Poder Ejecutivo nacional, debiendo existir dos (2) años de diferencia entre el inicio del mandato de los Directores y del Poder Ejecutivo nacional”.
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