Fuertes críticas a las nuevas regulaciones que limitan el acceso del cannabis medicinal a los pacientes

Por: Federico Trofelli

Tiempo dialogó con el abogado Juan Palomino y el médico traumatólogo Juan Larramendi, sobre la nueva resolución que emitió el Ministerio de Salud.

El gobierno de Javier Milei demuestra una vez más que es una gestión ultraconservadora y que está lejos de “liberar” actividades en beneficio de las mayorías. A ocho meses de paralizar la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) y de restringir los derechos de los pacientes, el ministerio de Salud emitió una resolución en la que limita el acceso al uso curativo de la planta.

La Resolución 3132/2024 de la cartera que conduce el ministro Mario Russo reemplazó varios artículos de la norma que regía desde 2021 y regulaba el uso medicinal de la cannabis. Uno de los puntos más cuestionados es que a partir de ahora será un “requisito excluyente para solicitar la inscripción en el REPROCANN contar con indicación médica para uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico que se encuentre registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con una Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la Planta del Cannabis Medicinal”.

Desde la asociación civil «Círculo Rojo» de Cultivo Solidario, ubicada en el barrio de Pompeya, su presidente Santiago Arriagada apuntó: “Limitan el cultivador solidario a 2 personas, incluyendo el propio cultivador, dejando a muchos cultivadores y usuarios en situación de vulnerabilidad; imponen condiciones arbitrarias a los médicos; limitan los tipos de cultivo asociativo dejando afuera personerías jurídicas ya aprobadas; impiden a personas con antecedentes penales por Ley de Drogas a integrar una ONG cannábica; y limitan el espacio de cultivo interior”.

“Va en contra de nuestra Constitución Nacional, que en el Artículo 99, Inciso 2, establece que los actos de la Administración, o las reglamentaciones, no pueden ir en contra del espíritu de la Ley, y el espíritu de la Ley 27.350 es eliminar barreras para el acceso al cannabis”, explica el abogado Juan Palomino, especializado en derecho cannábico.

El director de la Diplomatura de Cultivo y Usos de Cannabis para la Salud de la Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV), el traumatólogo Juan Larramendi, argumenta que ahora “a los médicos les exige una formación y capacitación en Cannabis, lo cual está bien; pero no puede exigirse como un requisito excluyente porque no constituye una especialidad en si misma. La terapéutica cannábica es transversal a la formación de los profesionales, es un recurso más para abordar problemas de salud”.

Esto no pasa ni para recetar opiácidos ni ansiolíticos”, agrega el abogado, quien se queja de que “al cultivador solidario, que hoy es una figura que ha tomado bastante relevancia, porque no todo el mundo cultiva, pero todos tienen a alguien que cultive cerca, prácticamente lo matan, ya que ahora solo puede cultivar para dos personas, incluyéndose a sí misma. De no haber límites se pasa a dos. Es mucho”. 

Los especialistas que se oponen a la modificación del régimen sostienen que en términos constitucionales puede afectar el principio de irretroactividad de las leyes porque “el ministerio de Salud, como órgano de control y fiscalización, dará seis meses de adecuación y después podrá revocar los permisos que haya dado si no se adecúan a los requisitos. Es decir, que no solo afecta a derechos adquiridos, sino que también pretende ser aplicada de manera retroactiva”, cuenta Palomino.

Restricción en el acceso

“A las personas que usan cannabis se les vulneran varios derechos, el que más nos preocupa en nuestro sector es el derecho a la salud y la dificultad al acceso como consecuencia. Se reglamenta a favor de ciertos intereses, porque no se lo hace pensando en la brecha de implementación que tiene esta política pública en las personas, se redirige el recurso hacia algunos sectores, pero la desigualdad en el acceso continúa existiendo”, analiza el médico traumatólogo Larramendi.

El galeno, entonces, concluye que “no hay mecanismos claros que ensamblen la aplicación de la Ley de Cannabis Medicinal con el sistema de salud. Limitar a los cultivadores solidarios es pegarle al eslabón más débil, cualquier profesional que indica cannabis sabe que la elaboración de fitopreparados para otros, para que traten problemas prevalentes de salud es muy frecuente. Los cultivadores son la razón por la que adultos mayores, niños, personas con dolor o en fin de vida mejoran notablemente su calidad de vida. Considero un retroceso los anuncios que hicieron hoy”.

Catarata de amparos y violencia institucional

Todo esto sucede mientras existe un enorme cuello de botella en el REPROCANN debido a que los permisos salen a cuentagotas. Según se había informado al Consejo Consultivo Honorario (CCH) del Programa de Cannabis, se recibían cerca de 1000 solicitudes por día y sólo se estaban aprobando unas 40. Se cree que hoy hay unos 100.000 trámites de pacientes pendientes y unas 500 ONG esperan una resolución.  

El Estudio de Abogados 420, del que Palomino forma parte, ya presentó más de 200 amparos judiciales en representación de pacientes que están hace más de 60 días esperando ser incorporados al REPROCANN. En todos los casos, la respuesta de los jueces es favorable y dictan medidas cautelares en las que se ordena al Ejecutivo que se dé el alta en tres días. 

El Ministerio acata porque sino después va a tener que pagar honorarios sobre este proceso. Así se evitan el juicio y pagar las costas. Pero no puede ser que un paciente tenga que presentar un amparo para que le den de alta en el registro para no quedar sujetos a situaciones de violencia institucional”, detalla Palomino, que se refiere a supuestas coimas que las fuerzas de seguridad les cobran a las personas que presentan el certificado del REPROCANN en trámite; o, en el peor de los contextos, terminan demorados varias horas en las comisarías.

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