Los servicios digitales de contenido audiovisual y los de delivery deberán pagar el 21% de IVA, que será pagado por los clientes.

La medida fue dispuesta mediante el decreto 354 publicado en el Boletín Oficial, donde se resolvió definir una «reglamentación dinámica» para la carga tributaria sobre los actores de la economía digital, actuales y futuros.
Además de los mencionados proveedores de contenidos audiovisual, la economía digital incluye desde las plataformas de comercio electrónico hasta los servicios de delivery como Cabify o Glovo, así como los bancos virtuales.
En los considerandos, el Gobierno indica que la regulación en los tributos generales sobre los consumos para los servicios digitales «resulta un desafío, particularmente cuando los prestatarios no revisten la calidad de sujetos de esos impuestos por otros hechos imponibles».
Ante la complejidad del caso, el Poder Ejecutivo dispuso una «regulación dinámica que permita su adaptación a la par de la evolución de las operaciones de qué se trata».
Para ello en «una primera etapa de implementación, se debe facilitar la identificación de las situaciones alcanzadas por la norma tributaria asegurando el cumplimiento de los objetivos perseguidos al momento de su sanción».
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