Fueron considerados responsables por crímenes cometidos contra 116 personas durante la última dictadura. Cinco ex miembros de la delegación local de la Policía Federal fueron condenados por primera vez.

Tras escuchar las palabras finales de los acusados, el Tribunal, integrado por María Noel Costa, Mariela Emilce Rojas y Jaime Díaz Gavier, realizó pasado el mediodía la lectura del veredicto en el que resultaron condenados la máxima pena los ex miembros del Destacamento de Inteligencia 121 del Ejército Pascual Oscar Guerrieri, quien era el segundo jefe con el rango de teniente coronel; Jorge Alberto Fariña, quien fue jefe de la Central Operaciones de Inteligencia; su segundo en el COI, Juan Daniel Amelong y Marino González, quien fue jefe de Actividades Especiales de Inteligencia.
También recibieron prisión perpetua los ex Personal Civil de Inteligencia del Destacamento, Ariel López, Juan Andrés Cabrera, Rodolfo Isach, Walter Pagano y Eduardo Costanzo, y los ex miembros de la delegación Rosario de la Policía Federal Juan Carlos Faccendini, Oscar Roberto Giai, Juan Félix Retamozo, Roberto Raúl Squiro, Osvaldo Tebez, Enrique Andrés López y Federico Almeder,
Los 16 represores fueron encontrados culpables como coautores de los delitos de secuestro, tormentos, sustracción, retención y ocultación de menores, homicidio y, por primera vez en la jurisdicción, por desaparición forzada. Para 5 de ellos, los expolicías Faccendini, Giai, Retamozo, Squiro y Tebez, esta fue su primera condena por crímenes de lesa humanidad.
Dos de los hechos más importantes del veredicto fueron que, por un lado se condenó por primera vez en la jurisdicción por el delito de desaparición forzada de personas, y, además, el TOF aceptó el pedido de ampliación de la acusación de la fiscalía y querellas y condenó a los acusados por los crímenes sufridos por los hijos e hijas de las víctimas, quienes al momento de los hechos eran menores de edad.
En el debate se juzgaron crímenes cometidos en diferentes centros clandestinos de detención de Rosario y de la zona, como La Intermedia y La Calamita, y por primera vez fueron juzgados los hechos ocurridos en el centro clandestino de detención que funcionó en la ex Casa Saleciana “Ceferino Namuncurá” de la localidad de Funes, que perteneció a la iglesia católica.
Durante el debate se visibilizó la utilización sistemática por parte del Destacamento 121 de enfrentamientos fraguados para encubrir ejecuciones en la vía pública o de personas que habían sido secuestradas previamente y llevadas a algún centro clandestino de detención. Estos crímenes eran difundidos como enfrentamientos a través de los comunicados oficiales publicados en los diarios, lo que formó parte de la acción psicológica del terrorismo de Estado hacia la población.
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