El fiscal Ramiro González, a cargo de la investigación, formalizó la acusación penal por violación a las normas impuestas por el gobierno por la pandemia.

Casi al unísono, ambos hechos le imprimieron al expediente una vorágine inusitada.
El fiscal concretó la imputación so pretexto de “garantizar debidamente sus derechos de defensa” tanto de Alberto Fernández cuanto de todos los demás asistentes a la celebración.
“Considero que en este estadio del proceso corresponde: formalizar la investigación descripta contra el Sr. Presidente de la Nación, Dr. Alberto Ángel Fernández”, y al resto de los comensales, explicó el fiscal.
En ese sentido, dispuso: “Notifíqueselos en los términos de los artículos72, 73, 279 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación”. ¿Qué dicen esos artículos? Explican la “Calidad del imputado”, los “derechos del imputado” y lo habilitan a que se presente a declarar espontáneamente y proponga las medidas de prueba que considere necesarias para su defensa.
Ese paso ya fue cumplido por Alberto Fernández, quien mediante el escrito pidió su sobreseimiento, pese a que reconoció que ““fue un encuentro que jamás debió haber ocurrido, producto de la imprudencia”.
Sin embargo, afirmó que “en modo alguno puede constituir un delito”. Y aclaró: “El momento particular de la foto que trascendió, tal como se reconoció desde un comienzo, fue la excepción dentro de la reunión donde fuera de ese momento concreto se respetaron los protocolos controlados por el personal asignado a la quinta de Olivos”.
Como complemento del pedido de sobreseimiento, el jefe del Estado recurrió a una figura que fue adelantada por Tiempo en su edición del domingo: la “conciliación”. Esa figura pone fin anticipadamente a una causa judicial, previa reparación del daño que pudiera haberse causado.
Alberto Fernández sostiene que no hubo daño pues no se afectó a la salud pública, ya que ninguno de los asistentes se contagió ni contagió a otras personas. Pese a ello, ofreció donar el 50 por ciento de su salario como Presidente durante cuatro meses al Instituto Malbrán, como una contribución ante la particular situación generada por la pandemia.
“La conducta enrostrada no encuadra en una figura jurídico penal sustantiva alguna”, sostuvo el mandatario. Pero aclaró: “Sin que estas manifestaciones dejen de lado el compromiso ético que pudo verse cuestionado al momento de evaluar la posible transgresión de normas sanitarias”.
“Nunca fue motivo del encuentro propagar de ningún modo la pandemia que nos acosa”.
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Espero que la Justicia castigue a todos como corresponda. Pido además que la Justicia también cite, juzgue y sancione a LOS 70 participantes del cumpleaños de Carrió. sancione