Jubilados: la ley podría ir a la Corte Suprema

Por: Randy Stagnaro

Según la abogada del caso Badaro, el proyecto es inconstitucional porque cercena derechos. Graciela Stasevich dijo que en los casos de sentencias firmes "no hay transacción posible" con la ANSES.

El proyecto de ley que declara la emergencia en materia de litigiosidad previsional podría no superar la prueba de la justicia y ser calificado como inconstitucional. Si bien tal determinación dependería de la decisión de los jueces, los expertos señalan que esto podría suceder de aprobarse la norma en su aspecto previsional tal como salió con despacho de mayoría.
Según la abogada Graciela Stasevich, que logró el fallo de la Corte Suprema en el famoso caso Badaro, en el proyecto de ley «el Poder Ejecutivo le pide al Poder Legislativo que legalice no cumplir con lo que decidió el Poder Judicial» en lo que hace a las sentencias firmes.
Para la experta, «el plan consiste en celebrar transacciones. La transacción es una figura jurídica que está regulada en el Código Civil y se aplica sobre hechos dudosos o litigiosos. Pero cuando hay una sentencia judicial previsional ya no hay hecho dudoso ni litigioso». En ese sentido, indicó que «el derecho previsional es asimilable al derecho laboral; una vez que uno tiene determinado un monto y una sentencia, lo único que se puede pactar es la forma de pago, pero tiene que ser por la totalidad de la deuda, no se puede hacer una quita». De allí que «así lo vote el Congreso, uno puede ir a la justicia a plantear que esta norma es inconstitucional porque está comprometido el orden público. Las sentencias tienen fuerza de ley y las leyes están para ser cumplidas. No se puede hacer transacciones sobre asuntos de orden público. No puedo transar con la ANSES, no puedo discutir el índice que me va a aplicar cuando ya hay sentencia», remarcó la abogada en diálogo con el programa Dominó.
Según el proyecto de ley, la transacción entre la ANSES y los jubilados que acepten en forma voluntaria la propuesta de cobrar con quitas en los retroactivos y en los haberes de entre el 30 y el 70% se deberá concretar en el fuero previsional. Pero Stasevich aseguró que «será difícil que un juez homologue una transacción en la que se realice una quita del 30% o más».
En el mismo sentido se pronunció Beatriz Weidgans, presidenta de la Asociación de Abogados Previsionalistas, quien le dijo a Tiempo que «las homologaciones dependerán de los criterios de los jueces o de las cámaras», y agregó: «No creo que nadie acepte la quita del 70 por ciento en el retroactivo».

Así las cosas, el texto legal podría llegar hasta la Corte Suprema, que dirige Ricardo Lorenzetti, para que dirima su carácter constitucional. «

Ganancias y aguinaldo

La AFIP será la encargada de reintegrar los descuentos por Ganancias sobre el medio aguinaldo a los trabajadores que corresponda, si se convierte en ley el dictamen de mayoría sobre el proyecto ómnibus de previsión social y blanqueo de capitales, según adelantó hoy el diputado Luciano Laspina. «La devolución la va a hacer la AFIP», dijo el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, Luciano Laspina, en declaraciones a radio Mitre. Aseguró además que el ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat Gay, «estuvo permanentemente en contacto con nosotros cuando se fueron discutiendo la treintena de modificaciones que se hicieron». «

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