La justicia federal porteña volvió a fallar a favor de Santiago Bausili, director del Banco Central

Por: Néstor Espósito

Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah rechazaron el pedido de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas para volver a procesar a Bausili, acusado de beneficiar al Deutsche Bank -su ex empleador- en la colocación de bonos de deuda pública durante el gobierno de Macri.

La Cámara Federal porteña rechazó la apelación de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) contra el desprocesamiento del presidente del Banco Central (BCRA), Santiago Bausili

El funcionario del actual gobierno fue dos veces procesado por su actuación como integrante del equipo económico del gobierno de Mauricio Macri. Y las dos veces la Cámara Federal, en sendos fallos firmados por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, revocó los procesamientos y dispuso la falta de mérito. La última, cuatro días antes de que asumiera Javier Milei, cuando su nombre ya estaba instalado como titular del BCRA de la mano de su socio (y por entonces futuro ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo.

Bausili está acusado de haber contratado como colocador de bonos de deuda pública al Deutsche Bank, banco para el que había trabajado antes de asumir como funcionario del gobierno de Mauricio Macri.  Incluso, según los autos de procesamiento dictados por el juez de primera instancia Sebastián Casanello, al momento de la colocación de deuda –en la etapa inicial del gobierno de Macri- aún conservaba un vínculo con el banco alemán.

Bausili trabajó para el Deutsche Bank entre 2007 y 2016 como director del área Latin American DCM en Treasury Solutions y cuando se desvinculó, a fines de enero de 2016, “recibió, en cuotas, un total de 13.025 acciones de la entidad, con un valor nominal en la bolsa de Nueva York de U$S 13.80 cada una, que terminó de cobrar en septiembre de 2018”.

Bausili y Dujovne, funcionarios claves en el gobierno de Macri.
Foto: Telam

Bausili, sostenía el procesamiento revertido por la Cámara, “prestó conformidad para que, entre otras cosas, el Deutsche Bank, entidad de la cual él tenía acciones y otras por recibir, fuese designado como banco colocador y reciba, por ello, un 0,12% del monto colocado, 7 mil millones de dólares”.  

Ello estaba tipificado en el Código Penal como “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”. Sus bienes fueron embargados hasta cubrir la suma de diez millones de pesos. En abril de 2021, cuando fue procesado por primera vez, el dólar blue cotizaba a unos 440 pesos y el oficial, a 225. 

Bausili fue secretario de Finanzas durante el gobierno de Macri. “El cargo -y la función- que poseía en el organigrama de la Administración Pública en general era fundamental. Solo hay que repasar los objetivos trazados para verificar la importancia de su actuación”. La contratación del banco alemán para la gestión de la deuda, según aquellos cálculos, le pudo haber reportado unos ocho millones de dólares. 

“La ciudadanía confía en que el Estado designe a un funcionario público con un alto estándar de transparencia, honestidad e integridad, para que desarrolle la actividad encomendada de acuerdo con los parámetros que la ley establece. Si el elegido incumple con el rol designado y lo utiliza para beneficio personal o de un tercero, traiciona esta confianza”, escribió Casanello en el primer procesamiento.

“No podía intervenir en ningún asunto relacionado o vinculado a su ex empleador hasta septiembre de 2021. En otras palabras, todas las acciones llevadas a cabo por el nombrado, en ese período, se encontraban prohibidas por ley”.

El fallo fue revocado por la Cámara, con la disidencia del juez Roberto Boico. Casanello profundizó la investigación y lo volvió a procesar, sobre la base de un informe de la PIA, según el cual “las actuaciones de Santiago Bausili resultan demostrativas de una clara voluntad de intervenir en distintos cursos de acción en beneficio de su ex empleadora”. El documento señaló “la participación en reuniones de gestión de interés con sus autoridades o la emisión y recepción de comunicaciones”.

Pero nuevamente los jueces Irurzun y Farah consideraron que el informe de la PIA “no arroja elementos que refuercen la presunción en punto a que existió de parte del imputado el accionar delictivo que se le reprocha”. Eso ocurrió en diciembre pasado. La PIA apeló (la fiscalía de Cámara no lo hizo, es decir que consintió la falta de mérito) y pretendía que la Cámara de Casación revisara aquella decisión. 

Pero ahora, los mismos jueces desestimaron la apelación por razones de procedimiento: “No configuran sentencia definitiva aquellas resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso criminal, pues no ponen fin a la causa, no impiden su continuación ni ocasionan un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior. (…) Corresponde  declarar inadmisible la vía deducida. Debe ser rechazada”. 

El camarista Boico nuevamente votó en disidencia. Y reivindicó a la PIA por su apelación en soledad: “No hay dos fiscales en la causa, sino un único Ministerio Público Fiscal que ejerce la titularidad de la acción en causa penal, siendo indistinto – ahora y para el caso de delitos de corrupción estatal– quien ejecuta los actos procesales que la ley adjetiva les habilita”.

Además, recordó que la  PIA “es la única procuraduría creada por ley -y no por resolución interna del Ministerio Público Fiscal. Fue el Congreso Nacional quien la dotó indiscutiblemente del ejercicio de la acción pública en todo el país, dejándose de lado la idea de ‘titularidad territorial’ de cada fiscal, que si bien subsiste en lo funcional, no es ya la matriz de su actuación”. 

Sobre el fondo de la cuestión, Boico consideró que la Cámara, “al revocar un procesamiento y disponer estar a una falta de mérito, no ha tenido en la especie el doble conforme, en virtud de lo cual corresponde otorgar la posibilidad del recurso horizontal entre jueces con funciones de revisión, lo que constituye una herramienta adecuada para dar respuesta a la situación”. 

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