En un juicio por “abandono de persona, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público” el exministro fue sobreseído.

Para todas las instancias judiciales, ni una cosa, ni la otra. “Pudo acreditarse que Sánchez no fue contratada ni empleada del Ministerio de Trabajo ni de la OIT, sino que su vinculación laboral era exclusivamente con la entidad I. L. S.p.A., organismo dependiente del Ministerio de Trabajo del Gobierno de Italia, en el marco del programa AREA”. Dicho de otro modo: Sánchez le reclamó a Tomada, pero su empleador no era Tomada.
“Al no haber sido ni el Ministerio de Trabajo, ni la OIT empleadores de Sánchez en el marco del referido programa, no se los puede responsabilizar por la comisión de un delito de estas características”, sostuvo primero el juez Rodolfo Canicoba Corral, luego la Cámara Federal, más tarde la de Casación y, ahora, la Corte Suprema.
La investigación había sido impulsada por el fiscal Guillermo Marijuán. Sánchez dijo en su denuncia que trabajaba para la OIT, que trabajó hasta 2008 en el programa “Apoyo para la reactivación del empleo argentino” (AREA), a través de Italia Lavoro Sociedad por Acciones (I. L. S.p.A.) y la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo. Enfermó de cáncer y cuando en 2009 estuvo en condiciones de seguir trabajando, no fue aceptada en el Ministerio de Trabajo.
El fallo confirmado ahora por la Corte sostiene que la cartera laboral no podía reincorporar a una empleada que nunca había trabajado para esa repartición.
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