En un giro sorpresivo tras el escándalo de los chats, María Cándida Etchepare presentó imágenes reveladoras de los jueces Ercolini, Mahiques, D'Alessandro de CABA y los ejecutivos del Grupo Clarín.

Los investigados Julián Ercolini, titular del Juzgado Nac en lo Criminal y Correccional Nro 10; Juan Bautista Mahiques, fiscal grl. de CABA; Marcelo Silvio D´Alessandro, ministro de Seguridad y Justicia CABA; Carlos Alberto Mahiques, juez de la Cámara Federal de Casación Penal; Pablo Yadarola, a cargo del Juzgado Nac. en lo Penal Económico Nro.2; Pablo Gabriel Cayssials, titular del Juzgado Nac. en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 9; Leonardo Bergroth; Tomás Reinke, presidente de Media.
Etchepare es la funcionaria del ministerio público fiscal que en los audios filtrados el fin de semana aparece mencionada por el fiscal general porteño Juan Bautista Mahiques como la persona con la que acordó enviar la causa a Comodoro Py, luego de pedir medidas de prueba que fueran inconducentes para poder cerrar el caso y evitar una investigación por dádivas.
“La fiscal federal de Bariloche bien, buena predisposición. Ofreció mandar la causa a Py o en su defecto pedir que aportemos nosotros las facturas de vuelo y eventualmente del hospedaje, y en base a eso cerrarlo. Si están de acuerdo, avanzo en alguna de estas opciones”. El fiscal general porteño Juan Bautista Mahiques transmitió este mensaje en el grupo de Telegram armado por los viajeros para neutralizar los efectos mediáticos y judiciales de la noticia del viaje.
A partir del escándalo, la fiscal no solo pide “investigar un ilícito regalo a los funcionarios” casi dos meses después de haber realizado acciones que le permitieron obtener hasta el registro fílmico del arribo del grupo al aeropuerto de Bariloche.
Inclusive menciona que los viajeros no pasaron por los controles que realizan todos los pasajeros, sino que fueron retirados por dos camionetas en la zona de la pista de aterrizaje. Además, pudo confirmar la presencia de Jorge Rendo y Pablo Casey, los ejecutivos de Clarín que no figuraban en la planilla de vuelo revelada por el diario Página 12, y que dio origen a la denuncia original por parte del abogado Marcelo Herzriken Velasco.
Pese a que la denuncia fue presentada apenas trascendió la noticia del viaje, la fiscal Etchepare formuló su requerimiento de instrucción el 6 de diciembre, un mes y medio después de los acontecimientos y después de que se conocieran los chats entre los viajeros en dos sucesivos grupos de Telegram.
La fiscal mencionó en su dictamen “la existencia de un viaje de lujo en un avión privado y con destino a una magnánima estancia en el que participaron jueces, un ministro de la Ciudad de Buenos Aires y dos empresarios, quienes se reunieron en esta ciudad con otros dos empresarios con altos cargos en un poderoso conglomerado de medios de comunicación nacional, cuya presencia en la reunión fue evidentemente ocultada, no solo por haber tomado otro vuelo, sino por su omisión en el relato de quien -presuntamente- los alojara”.
A la fiscal le llamó la atención que cuatro jueces federales y un ministro del gobierno porteño, a quienes se supone bancarizados y duchos para operar con elementos de pago y crédito electrónicos, hubieran costeado los gastos del viaje pagando de contado. “A esto se suma, como hipótesis delictiva a corroborar por la investigación que habrá de llevarse a cabo, que todas las facturas emitidas por los servicios fueron abonadas al contado e, incluso, en el caso del alojamiento, formalizadas con posterioridad”.
El dictamen sostuvo que “adquiere sustentación (con el grado que requiere esta incipiente instancia) la denuncia del letrado en cuanto a que el viaje en su totalidad pudo haber sido un ilícito regalo a los funcionarios”.
Además de la eventual aceptación de dádivas, la fiscal invocó los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos y cohecho y tráfico de influencias. El artículo 256 bis del Código Penal, también incluido en la imputación, establece que si la “conducta estuviera destinada a hacer valer indebidamente una influencia ante un magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público, a fin de obtener la emisión, dictado, demora u omisión de un dictamen, resolución o fallo en asuntos sometidos a su competencia, el máximo de la pena de prisión o reclusión se elevará a doce años”.
El 257, en tanto, determina que “será reprimido con prisión o reclusión de cuatro a doce años e inhabilitación especial perpetua, el magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta para emitir, dictar, retardar u omitir dictar una resolución, fallo o dictamen, en asuntos sometidos a su competencia”.
Casi como una ironía tras el fallo del Tribunal Oral Federal número dos que el martes condenó a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos a la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, el dictamen de la fiscal Etchepare incluye la precisión del artículo 291: “Cuando el culpable de alguno de los delitos comprendidos en los artículos anteriores, fuere funcionario público y cometiere el hecho abusando de su cargo, sufrirá, además, inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena”.
Entre las medidas de prueba propuestas a la jueza federal de Bariloche María Silvina Domínguez, la fiscal impulsó “el levantamiento del secreto fiscal y bancario de todos los nombrados, junto con el de las compañías Hidden Lake S.A. (que administra la estancia Lago Escondido, del magnate británico Joe Lewis) y Servicios y Emprendimientos Aeronáuticos S.A. (Flyzar, la empresa que fletó el chárter privado), a fin de que se recaben los datos bancarios necesarios para determinar la veracidad de las facturas y pagos descriptos precedentemente y si efectivamente fueron los investigados quienes efectuaron tales erogaciones o si se registran pagos anteriores por esos montos efectuados por terceras personas físicas o jurídicas”. También que la AFIP-DGI “tenga a bien analizar la autenticidad de las facturas presentadas”.
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