Desde la querella denuncian la gravedad del permiso otorgado: "Es una falta de respeto a las víctimas del terrorismo de Estado".

Desde la querella repudian la autorización y consideran que se trata de «una burla y una falta de respeto a las víctimas del terrorismo de Estado«. La magistrada lo hizo a pesar que el fiscal Félix Pablo Crous, de la Procuración General de la Nación (PGN), se opuso y exhibió como argumento una serie de salidas por motivos festivos concedidos por la misma jueza.
El ex jefe naval Agusti Scacchi fue condenado en el marco de la causa n° 1282 y sus acumuladas “Esma Unificada” del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5. Su defensor pidió que la jueza autorice una salida extraordinaria -el pasado 14 de octubre- desde las 18:30 horas hasta las 21:30.
La salida fue autorizada para «celebrar los 60 años de matrimonio» con una ceremonia a las 19:30 en la Iglesia de San Martín de Tours, ubicada en calle San Martín de Tours 2949 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Donde luego recibió -junto con su esposa- los saludos de familiares y amigos en el atrio.
«Esta resolución de la jueza Adriana Palliotti es una más de las que algunos magistrados suelen tomar a favor de los genocidas. Lo hacen sin contemplar para nada la gravedad de los hechos que cometieron«, sostuvo Pablo Llonto, abogado querellante en causas de lesa humanidad, en diálogo con Tiempo.
Y completó: «Palliotti no contempló para nada el derecho de las víctimas a pedir, no solo el cumplimiento de la condena, sino también la detención en forma de prisión preventiva de todo aquel que ha cometido hechos graves«.
Cabe destacar que el 11 de julio de 2024, diputados de La Libertad Avanza (LLA) realizaron una visita a los genocidas que están presos en el Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza, donde la ministra de Seguridad de la Nación Patricia Bullrich está torturando a los detenidos. Además, los llamaron «héroes que lucharon contra la subversión marxista«.
El letrado explicó que se trata de una burla al sistema judicial argentino. Porque se supone que debe mantener una coherencia respecto al tratamiento de las causas por delitos de lesa humanidad. Y también señaló que hay jueces que si tienen mucho respeto por el sistema de Memoria Verdad y Justicia, «que lleva tantos años respetándose o tratando que se respete en Argentina».
Llonto dijo que por otro lado están los magistrados que lo toman para la joda y conceden este tipo de autorizaciones a los genocidas: «Esto tiene que ver con qué juez nos toca. Pero hasta que no se haga la verdadera democratización del Poder Judicial de la Nación, este tipo de burlas van a seguir ocurriendo«, advirtió.
Félix Pablo Crous está a cargo de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado de la PGN, fue quien se opuso a la salida del genocida por motivos festivos y señaló que durante los últimos años se repitió 8 veces por la misma magistras.
Sin embargo, a pesar de ello, la jueza decidió autorizar nuevamente al genocida. «Para analizar la autorización requerida por la defensa no podemos perder de vista que Agusti Scacchi se encuentra cumpliendo prisión preventiva bajo detención domiciliaria», señaló el doctor Crous en su oposición.
Y completó. «El Tribunal le concedió el beneficio el 4 de junio de 2012, el cual debemos recordar que -conforme a la jurisprudencia del Máximo Tribunal- es una modalidad excepcional de cumplimiento de la medida cautelar por motivos de salud«.
También explicó que no se encuentran acreditados los requisitos formales ni sustanciales para que la presentación de la defensa haya prosperado de manera tan rápida y eficaz; sin embargo, ocurrió. Es algo que se repite con el pasar de los años.
Crous remarcó en su oposición: «En primer término, la presentación no acreditó la fecha en la que habría contraído matrimonio Agusti Scacchi, de modo que se desconoce si han transcurrido 60 años desde entonces«.
Además, el fiscal expuso que no se aportó constancia alguna de que el matrimonio religioso se hubiera celebrado en la Parroquia ubicada en la calle San Martín de Tours 2949 de CABA. Y concluyó, «el espacio religioso se encuentra aproximadamente a 2 kilómetros del domicilio del imputado; ni expuso otra razón para justificar el evento«.
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