La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó el fallo del juez federal Sebastián Ramos, que sostenía que no estaba legitimada para defender los derechos de los estudiantes detenidos en cárceles federales.

«La Cámara revocó el fallo del juez federal Ramos porque fue algo insólito», aseguró a Tiempo Ariel Cejas Meliare, abogado y procurador adjunto de la PPN. El letrado recordó que el 28 de marzo pasado el magistrado «desestimó un habeas corpus que presentamos en favor de los estudiantes detenidos tras la resolución de Bullrich, argumentando que nuestro organismo no está legitimado para cometer esas acciones».
Cejas Meliare remarcó que el reciente fallo de la Cámara reconoció expresamente la activa legitimidad que tiene la institución para representar al colectivo de estudiantes detenidos de todas las cárceles federales. En este sentido, señaló que los camaristas respaldaron los argumentos presentados por la PPN, bajo los cuales se solicitó la nulidad de la decisión del juez Ramos por haber resuelto el caso sin observar las normas legales vigentes.
Cabe destacar que las leyes 25.875 y 26.827 otorgan a la Procuración Penitenciaria de la Nación amplias facultades de actuación para el esclarecimiento y cese, en su caso, de actos, hechos u omisiones que afecten derechos de los detenidos sujetos al Régimen Penitenciario Federal.
La PPN cumple una función específica en la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad hace más de tres décadas: «Nuestro organismo tiene una trayectoria de más de 30 años en la representación de personas detenidas y en la litigación estratégica para garantizar sus derechos fundamentales mientras transitan el encierro», subrayó Cejas Meliare.
En su fallo, el juez Ramos ignoró la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que repetidas veces ha reconocido a la PPN como parte. También ha avalado su labor en esta materia y el saber recolectado a través de la experiencia.
La Cámara ahondó en que si no reconoce la legitimación procesal a la Procuración Penitenciaria de la Nación en estas actuaciones -que son excepcionales- podría comprometer seriamente el acceso a la justicia «de los integrantes del colectivo cuya representación se pretende”.
Tras la favorable decisión de la Justicia, se reafirmó el marco legal que respalda el accionar del organismo de control y se destacó su rol histórico como garante de los derechos humanos en contextos de encierro. En este sentido, Cejas Meliare destacó que el acceso a la educación es una herramienta fundamental de inclusión y rehabilitación para la población carcelaria.
El habeas corpus de la PPN fue presentado luego de la Resolución 372/25 del Ministerio de Seguridad de la Nación, publicada en el Boletín Oficial el pasado 25 de marzo. «La resolución restringe gravemente el acceso a la educación de las personas detenidas en cárceles federales», señaló el abogado.
Se trata de una medida ministerial que afectó directamente a los estudiantes privados de libertad. «Sus derechos a la educación se ven vulnerados por la nueva normativa, que además es de bajo rango institucional en comparación de la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y Leyes Nacionales que fueron legisladas», concluyó Cejas Meliare.
En el caso de los centros de estudiantes en las cárceles federales intervienen otras instituciones: La Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, la Defensora Pública Oficial N.º 4 y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Estos organismos también pidieron a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que se reconociera la activa legitimidad que tienen la PPN para defender a los detenidos.
Además, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 16 -en este mismo expediente- ya había hecho lugar a una medida cautelar solicitada por la PPN. La misma, suspende los efectos de una de las dos disposiciones contenidas en la resolución ministerial de Bullrich. Desde todos los penales federales continúan reclamando la reapertura de los centros de estudiantes.
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