La justicia prohibió el aislamiento de personas detenidas sin procesos disciplinarios

Por: Jesús Cabral

La Justicia Federal de Lomas de Zamora, además, ordenó a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza implementar medidas para mejorar las condiciones de detención de las detenidas alojadas en los pabellones, donde cumplen sanciones disciplinarias.

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1de Lomas de Zamora prohibió -durante los últimos días- al Servicio Penitenciario Federal (SPF) el aislamiento de personas detenidas sin un debido proceso disciplinario. También ordenó que adopten las medidas necesarias para mejorar las condiciones de habitabilidad en el que permanecen las mujeres allí cautivas.

Lo hizo en respuesta a un hábeas corpus que presentó la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). Este organismo, tras uno de sus habituales monitoreos en instituciones de encierro, inspeccionó el sector de -conocidos como buzones- aislamiento A y B del Complejo Penitenciario Federal IV, donde constató irregularidades.

Derechos vulnerados y aislamiento

El magistrado no solo prohibió el aislamiento sin una sanción previa, “sino que también ordenó a los penitenciarios que les provean ropa de cama, artículos de higiene a las detenidas y la limpieza diaria en el lugar”, contó Ariel Cejas Meliare, procurador adjunto interino de la PPN, en diálogo con Tiempo. “Además, ordenó que el lugar sea ventilado e iluminado, que se garantice la privacidad de las mujeres privadas de libertad y que tengan duchas con agua caliente”, agregó.

Continuó señalando que, en el fallo, “el juez mostró que pudo constatar que el SPF estaba imponiendo regímenes severos de aislamiento a detenidas sin haberles aplicado sanciones disciplinarias previas, lo cual resulta violatorio de la normativa nacional e internacional”.

Los distintos informes de monitoreo dejaron al descubierto el estado deplorable en el que se encontraban los pabellones de castigo A y B. “Estos dos habitáculos tienen capacidad para cuatro personas cada uno, ninguno tenía luz natural ni artificial, por lo cual, además de estar aisladas no podían realizar ninguna actividad porque estaba en la oscuridad”, denunció el procurador adjunto interino.

Métodos de torturas

En este sentido, cabe destacar, que todos los puntos señalados por este organismo de control, fueron reconocidos como métodos de torturas por los lineamientos nacionales e internacionales de Derechos Humanos. 

Cejas Meliare aseguró que las detenidas: “dormían en colchones en muy mal estado y con olor nauseabundo, tampoco tenían suficiente ropa de cama. Pasaron el invierno sin calefacción, los pabellones y las celdas estaban en muy malas condiciones”.

“La pintura se caía por la humedad en paredes, techos y el agua estancada en las duchas. Tampoco hay espacios que estén adaptados para personas con movilidad reducida, ni señalización de emergencia o planos de evacuación en caso de alguna emergencia”, apuntó el procurador adjunto interino.

Un régimen restrictivo y severo

Continuó aseverando que, “las detenidas eran sometidas a un régimen restrictivo y severo, con las celdas abiertas solo media hora por turno, esto se traduce en un método de tortura reconocido a nivel nacional y mundial. El magistrado pudo constatar que las condiciones de detención de las detenidas estaban agravadas”.

Por todo ello, el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Zamora hizo lugar al hábeas corpus presentado por la PPN y ordenó a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza: “implementar con celeridad medidas para mejorar las condiciones de detención de las detenidas alojadas en los pabellones antes señalados”, remarcó Cejas Meliare.

“Nuestros equipos realizan monitoreos continuamente en cárceles federales, alcaidías y comisarías de la Ciudad de Buenos Aires. Hacemos relevamiento de las condiciones en la que se encuentras las personas detenidas con el fin de que se le garanticen sus derechos”, finalizó el procurador adjunto interino. 

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