La Justicia rechazó una cautelar presentada contra reperfilamiento de bonos

Por: Néstor Espósito

La medida había sido pedida por una obra social que reclamaba la liquidación de letras del tesoro LETES.

Un tribunal de segunda instancia rechazó una cautelar contra el reperfilamiento de bonos de la deuda externa en dólares decidido por el actual gobierno a poco de llegar a la administración de la economía. La Cámara Federal de Bahía Blanca estableció, en plena feria judicial extraordinaria por el coronavirus, que “la normativa cuestionada no afecta la propiedad sobre las Letras, ni su libre disponibilidad”. El reclamo había sido formulado por el Servicio de Obra Social de la Universidad Nacional del Sur (SOSUNS), que reclamaba la liquidación de letras del tesoro LETES argumentando que el dinero estaba destinado a prácticas médicas para pacientes en riesgo de muerte.

La Cámara, en un fallo firmado por los jueces Pablo Candisano Mera y Pablo Larriera, le recordó a la obra social que para acceder a recursos las LETES “bien pueden ser transadas en el mercado secundario”.

El SOSUNS compró LETES en julio de 2019, durante el gobierno de Mauricio Macri, y esas letras quedaron comprendidas en el segundo reperfilamiento, dispuesto por la administración de Alberto Fernández.

La obra social inició entonces una acción de amparo con pedido de medida cautelar procurando que se declare “la inconstitucionalidad, ilegalidad, arbitrariedad e inaplicabilidad de las normas impugnadas para hacer cesar o eliminar la interferencia o intromisión acabadamente ilegítima y lesiva de parte del PEN, preservando la sustancia de los derechos constitucionales en juego hacia el futuro”. En cambio, la cautelar tiene por objeto obtener “la suspensión de los efectos de las normas tachadas de nulidad, ilegalidad, arbitrariedad e inconstitucionalidad, de manera tal que se desplace el impedimento configurado para poder obtener el pago de sus colocaciones en Letes, con el que afrontar la cobertura de distintas prestaciones para sus beneficiarios”.

Las letras –según sostenía la demanda- “debieron quedar fuera del reperfilamiento teniendo en cuenta que su producido está destinado a prestaciones de salud en beneficio de sus afiliados”. Además, añadió que “el monto de que se trata es exiguo para el Estado Nacional”.

Pero los jueces replicaron que “las normativas impugnadas han sido válidamente dictadas en ejercicio de una potestad del PEN, propia del derecho público, en el marco de –a criterio del órgano ejecutivo– la crítica situación financiera del país”.

El fallo rechaza la medida cautelar, pero no cierra aun la acción de amparo.

Compartir

Entradas recientes

Hay más colectivos en la calle, pero la crisis en el transporte público sigue

Empresarios del sector aseguran que padecen “la tormenta perfecta”. El gobierno les pagó una parte…

1 hora hace

Elevan a juicio la causa por la «Masacre de José León Suárez», de 1956

La jueza federal Alicia Vence elevó a juicio oral la causa por la conocida "Masacre…

1 hora hace

La carne aumentó un 10,6% en marzo y ejerce mayor presión sobre las carnicerías

Lo reveló un informe del Instituto de Promoción de la Carne Vacuna (IPCVA). La picada…

2 horas hace

El suelo bonaerense se prepara para vivir la vendimia y hasta la marcha de los bombos

La marcha de los bombos, la vendimia bonaerense, Fiesta de la miel, cerveza, torta frita,…

3 horas hace

Por decreto, Jorge Macri privilegia a los porteños en hospitales públicos de CABA

El documento firmado por el mandatario da prioridad en turnos, cupos o prestaciones de diferentes…

3 horas hace