La Ley de Góndolas tendrá que esperar en el Congreso

Por: Gimena Fuertes

La media sanción del Senado quedó supeditada al tratamiento y aprobación de la "triple emergencia", la prioridad del gobierno. Las claves del proyecto.

Góndolas y alquileres, las leyes “albertistas” debatidas durante los últimos días de la gestión macrista -que obtuvieron media sanción en Diputados-, tendrán que esperar a que pase el tratamiento parlamentario de la triple emergencia, prioridad impulsada desde el flamante Poder Ejecutivo.

Según afirmaron fuentes parlamentarias de la Cámara Alta a Tiempo, la actividad del Senado quedó a la espera del resultado del tratamiento en Diputados de la emergencia económica, que se desgranará en los proyectos de ley de solidaridad social y reactivación productiva, a sancionar durante las sesiones extraordinarias convocadas por el presidente de la Nación Alberto Fernández.

Tras varias idas y vueltas en la comisión de Defensa del Consumidor y en el recinto, el proyecto de ley de góndolas que logró la media sanción lleva la firma de Juan Cabandié y fue producto de la discusión de varias iniciativas elaboradas por organizaciones de la economía popular, como la CTEP, de pequeños y medianos empresarios agrupados en Enac, y de productores de las economías regionales.

El proyecto contempla alimentos, bebidas, productos de higiene personal y de limpieza del hogar, procurando que el precio “sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores”. También se busca “mantener la armonía y el equilibrio” entre los distintos actores involucrados “con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado”.

Asimismo, se intenta “ampliar la oferta de productos artesanales o regionales nacionales producidos por las micro, pequeñas y medianas empresas”, y “fomentar, a través de un régimen especial, la oferta de productos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena”.

Los sujetos alcanzados por la futura ley son los supermercados, autoservicios de productos alimenticios o no alimenticios, cadenas de negocios minoristas, organizaciones mayoristas de abastecimientos, tipificadores-empacadores de productos perecederos y centros de compras.

Los productos de menor precio conforme la unidad de medida deberán encontrarse a una altura equidistante entre el primero y último estante. En locaciones virtuales, deberá garantizarse que estos productos se publiquen en la primera visualización de productos de la categoría en cuestión.

El proyecto establece que “queda prohibido generar una exclusión anticompetitiva de proveedores por el alquiler de espacios en góndolas o locaciones virtuales, o espacios preferenciales en góndolas o locaciones virtuales”.

Los supermercados no podrán exigirle a los proveedores aportes o adelantos financieros por ningún motivo. Asimismo, en la negociación contractual entre supermercados y proveedores no podrá oponerse como condición la entrega de mercadería gratuita o por debajo del costo de provisión, ni ninguna otra práctica contraria a la competencia.

El proyecto también crea un “Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista”, que deberá incluir las prácticas consideradas “abusivas” según esta norma y las leyes ya vigentes en la materia. «

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