La norma de la AFIP duró 48 horas. Fue desbancada por un golpe de mercado que advirtió al gobierno sobre el malestar que había generado.

Lo que el titular de la BCBA expresó en la noche del jueves 20 ante el jefe de Gabinete fue una muestra del rechazo que concitó en el mercado de capitales la resolución de la AFIP que hacía retroactivo al 23 de septiembre de 2013 el cobro de Ganancias a las operaciones en el exterior con acciones de empresas argentinas.
Pero apenas 48 horas después, esa norma fue suspendida por 180 días por la Resolución 4095-E publicada en el Boletín Oficial del mismo jueves 20. En sus considerandos, esta norma indicó que diversos participantes del mercado local e internacional han manifestado su dificultad para dar cumplimiento con lo dispuesto ( ) atento el volumen diario de transacciones electrónicas que se realizan y, consecuentemente, la necesidad de adecuar sus procesos y sistemas informáticos y agregó que la Comisión Nacional de Valores recepta tales inquietudes, solicitando contemplar la situación descripta.
Sin embargo, en el mercado de capitales consideran que la causa de la suspensión no está en las dificultades operativas de la implementación sino en el virtual golpe de mercado que se produjo en esas 48 horas en las que estuvo vigente la resolución y que se verificó con la suba del dólar en el mercado local y el derrumbe de hasta el 6% de las acciones argentinas que cotizan en Wall Street.
Así, la renta financiera volvió a quedar exenta de imposiciones. Por las 48 horas en las que una parte de ella sí lo estuvo quedaron resquemores entre los bancos, los que cuestionan que sólo se haya suspendido la resolución 4094 y no se la haya anulado. En el festejo de la Bolsa del jueves circulaban rumores contradictorios, desde que no se modificará la Ley de Mercado de Capitales con lo que conservará aspectos que irritan al sector, hasta que se la reformará y se incluirá en ella la imposición derogada. En ambos casos, lo que hay es desconfianza. El gobierno ha tomado nota de ello y no reflotará la norma cuando pasen los 180 días.
Mientras tanto, la gran cantidad de acciones de empresas argentinas que se transan en el exterior siguen sin pagar Ganancias. No son las únicas operaciones en esta situación. También pasa con los intereses de los plazos fijos (en pesos o en dólares), la renta surgida de títulos públicos, los cupones (renta) de las obligaciones negociables con oferta pública, los cupones (renta) de valores representativos de deuda de fideicomisos financieros y las diferencias de cambio generadas por las operaciones con divisas. En el caso de las acciones, están exentas las ganancias logradas con las que cotizan en Bolsa.
Según el Presupuesto 2017 vigente, el Estado dejará de ingresar casi 85 mil millones de pesos por exenciones del impuesto a las Ganancias. Los beneficios más importantes en este tributo corresponden a las exenciones de los intereses de activos financieros (títulos públicos, depósitos bancarios y obligaciones negociables) y de las entidades sin fines de lucro, según indica ese texto. Esa cifra equivale al 0,87% del Producto Interno Bruto. Por exenciones en Bienes Personales (exenciones a depósitos en entidades financieras y beneficio a contribuyentes cumplidores) la merma sumará este año otros 6400 millones de pesos. «
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