Las claves de la nueva moratoria del gobierno

Por: Randy Stagnaro

Su aplicación dependerá de la aprobación del Congreso. Estará abierta para todos los contribuyentes -empresas y personas físicas e incluye todos los tributos. Habría plazo para sumarse hasta el 31 de octubre. Afip informó que ya hay más de 500 mil millones de pesos en deudas impositivas.

El proyecto de moratoria impositiva amplia que impulsa el gobierno ingresó este martes al Congreso. Si bien formalmente se trata de una ampliación de la moratoria votada en los últimos días de 2019 con la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva (vence a fin de mes y es solo para pymes), en esta oportunidad su alcance es “universal”, como dijeron en el gobierno.

Es que todos los contribuyentes podrán acceder a la moratoria, tanto empresas –grandes y chicas- hasta personas humanas –autónomos, monotributistas y contribuyentes de Bienes Personales y Ganancias. La amplitud de la propuesta está vinculada al incremento de las deudas tributarias desde el inicio de la pandemia de coronavirus y la cuarentena. La titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), Mercedes Marcó del Pont, aseguró que entre empresas y personas físicas las deudas acumuladas suman unos $ 281.700 millones. Si a ellas se suman las que ya se encuentran dentro de un plan de facilidades o pagos, los impagos tributarios superan los 500.000 millones de pesos.

Punto por punto

El proyecto tiene altas chances de ser aprobado, aunque quizá con algunos cambios. La oposición pedirá que se incluya la eliminación lisa y llana del pago de impuestos para algunos sectores económicos y que haya descuentos tributarios para los contribuyentes que pagaron en tiempo y forma. Mientras, la iniciativa oficial propone estas claves:

-El plan abarca a todas las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020. También todos los planes y facilidades que ya lanzó la Afip y que estén caídos o vencidos. Todo ello se consolida en un solo plan de regularización. Se realizará una condonación parcial de intereses y total de multas.

-Cada tipo de contribuyente (gran empresa, mediana, micro, autónomo, etc.) deberá cumplir requisitos específicos. Por caso, las empresas de mayor tamaño no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas durante 24 meses.

-Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020.

-La primera cuota vencerá el 16 de noviembre.

-Quienes se adhieran a la moratoria podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (dependerá del tamaño económico del deudor).

-En caso de deudas correspondientes a los recursos de la seguridad social, los plazos de pago serán de hasta 48 o 60 cuotas (también en relación al tamaño económico del contribuyente).

-La tasa de interés será fija, del 2% mensual, hasta enero de 2021. Luego aplicará una tasa variable en pesos.

-El programa permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda. Aunque sólo podrían utilizarse los saldos existentes antes de la aprobación de la ley. Tampoco podrían utilizarse saldos técnicos.

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