El Tribunal Oral Federal 6 le otorgó el beneficio, pero no se hará efectivo porque está a disposición de otros dos tribunales que ya le rechazaron ese pedido.

La decisión fue del Tribunal Oral Federal 6 (TOF 6), que dispuso «conceder el arresto domiciliario» a Etchecolatz, de 91 años y alojado en el penal de Campo de Mayo, en dos causas penales a su cargo, según el fallo al que accedió Télam.
El beneficio no se hará efectivo porque el represor se encuentra detenido en cárcel común a disposición del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata y del juzgado federal 2 de Lomas de Zamora en otras causas por delitos de lesa humanidad en la última dictadura militar.
Los jueces del TOF6 aclararon que su decisión se basó en «consideraciones eminentemente humanitarias, consagradas con máxima jerarquía normativa» a nivel constitucional, ante informes sobre el estado de salud de Etchecolatz, recuperado de coronavirus.
«En los últimos meses ha sufrido un deterioro significativo en su integridad física», advirtieron.
Para el caso de concretarse la medida en un futuro, se dispuso la incorporación del represor al «Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica» con una tobillera.
Además se le prohibió salir del domicilio en el que fije domicilio salvo para estudios médicos y con aviso al Tribunal.
Por último, para el caso en que Etchecolatz consiga el beneficio en las demás causas penales, se «requerirá al Poder Ejecutivo Nacional, que adopte las medidas necesarias dentro de su competencia para preservar la integridad física del imputado, como de terceros, tanto en el domicilio que resida como durante los traslados que eventualmente deba realizar por razones de salud»
El fallo fue firmado por los jueces Sabrina Namer, Néstor Costabel y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes fijaron la residencia para Etchecolatz en la casa que tiene en el Bosque Peralta Ramos, en Mar del Plata.
Los jueces se basaron en informes médicos que había ordenado realizar la Cámara Federal de Casación, luego que el represor contrajo coronavirus, se recuperó y volvió al penal de Campo de Mayo desde su lugar de internación.
«Queremos dejar sentado que somos absolutamente respetuosos de las posiciones de las víctimas y entendemos sus razones para oponerse a esta decisión», remarcaron los jueces en alusión a la negativa de los querellantes en las causas a conceder el beneficio
Sin embargo, explicaron, «no podemos soslayar que el deber que tenemos como jueces de la causa -de valorar de manera imparcial la situación personal del imputado a la luz de los informes médicos actualizados y lo que sobre la temática establecen las normas jurídico-penales del derecho internacional e interno-, nos coloca en la obligación de resolver en el sentido que lo haremos y sin perjuicio de la antipatía social que pueda generar esta medida».
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