La Cámara de Casación le rechazó el pedido de prisión domiciliaria. Los antecedentes del líder de la patota que rompió la redacción de Tiempo Argentino le juegan en contra.

Los jueces Mariano Borinsky, Daniel Petrone y Javier Carbajo rechazaron los planteos de Martínez Rojas contra fallos del Tribunal Oral en lo Penal Económico número 2 –que se apresta a juzgarlo junto con otros imputados- que denegaron la libertad y la morigeración de las condiciones de detención.
Martínez Rojas pidió los beneficios argumentando que prestó colaboración en la causa al declarar como “imputado arrepentido”, aportando información sobre las maniobras bajo investigación. “Si bien la defensa invoca su carácter de imputado colaborador no logra contrarrestar los riesgos procesales, a efectos de lograr un pronunciamiento favorable”.
La Cámara resolvió que la prisión domiciliaria no puede ser concedida porque la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia electrónica destacó que “el domicilio que acredita la parte para su alojamiento consta de un ambiente reducido y teniendo en cuenta las escasas dimensiones y, a la luz de los indicadores de salud mental del imputado, tendría que contar con salidas de esparcimiento”. ¿Eso significa que tiene problemas mentales? Más allá de las valoraciones individuales, un informe médico psiquiátrico del Cuerpo Médico Forense fechado el 12 de febrero pasado “concluyó que las facultades mentales son normales desde el punto de vista psicojurídico”.
Martínez Rojas tampoco presenta otras patologías reales y comprobadas: “el informe del Cuerpo Médico Forense arribó a la conclusión de que no presenta signos de enfermedad clínica en la actualidad. Si bien Martínez Rojas informó que efectuó un tratamiento oncológico en el Instituto Alexander Fleming, dicha institución no tiene registro alguno”.
A sus aspiraciones de libertad le jugaron en contra sus antecedentes: “Luego de reiterados incumplimientos por parte de Martínez Rojas de las obligaciones que le fueran impuestas para su permanencia en el Programa de Protección de Testigos e Imputados y lo informado por la defensa respecto a la voluntad de renunciar a su inclusión en el mismo, el día 28 de diciembre de 2018 el Tribunal dispuso la exclusión del Programa y su traslado a Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza”.
Martínez Rojas ya había formulado un intento similar el 11 de enero pasado, durante la feria judicial, pero tampoco en aquella oportunidad tuvo éxito.
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