Medios cómplices de la dictadura incumplen el derecho a réplica ordenado por la Justicia

Por: Gerardo Aranguren

Publicaron información falsa que trataba a víctimas como subversivos, sediciosos y delincuentes. Los fallos ya ordenaron la publicación de la verdad a La Nueva Provincia y Clarín.

La información falsa fue un arma más para el terrorismo de Estado. A través de comunicados oficiales, notas en medios cómplices y operaciones realizadas directamente en las mazmorras de la represión, la dictadura buscó instalar miedo, dividir a la sociedad, justificar y ocultar sus crímenes. La comunicación fue parte de la acción psicológica contra la población e integraba los manuales militares de la época.

Con el avance de los juicios por crímenes de lesa humanidad, comenzó a quedar más en evidencia el accionar de la dictadura y de los grandes medios de comunicación. Las personas que eran presentadas como delincuentes, sediciosos, terroristas, eran trabajadores, militantes gremiales y políticos que fueron víctimas de un plan de exterminio. Esa información, más de 40 años después de los hechos, continúa hoy en los archivos y hemerotecas a pesar de contar con datos falsos que generaron un daño que aún perdura en familiares y sobrevivientes.

Desde hace algunos años, fiscales y querellas empezaron a reclamar que esas notas se rectifiquen, en línea con las medidas de reparación integral que impulsa el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. El último ejemplo de esto fue en el juicio de Vuelos de la muerte en Campo de Mayo, pero antes ya había ocurrido en los debates realizados en Bahía Blanca, con el diario La Nueva Provincia, en ESMA III y en Mendoza, con diferentes resultados.

“Remitir testimonios de esta sentencia a conocimiento del Grupo Clarín S.A para que adecuen conforme a lo aquí resuelto la nota ‘Buscan a familiares de dos niños abandonados’ del día 24 de noviembre de 1977”. Este fue el punto 10 del veredicto del Tribunal Oral Federal 2 de San Martín en la causa Vuelos de Campo de Mayo y refiere a una nota que presentó como perdidos y abandonados a los hijos de Roberto Arancibia, una de las víctimas de la causa, cuando en realidad sus padres habían sido secuestrados y desaparecidos.

En septiembre, cuando se publiquen los fundamentos, se conocerá cómo aplicará el Tribunal esa medida y si el diario Clarín la cumplirá.

“Hoy los procesos de Memoria, Verdad y Justicia en Argentina vuelven a reafirmar que necesitamos sostenerlos con una política de reparación adecuada”, sostuvo la fiscal Mercedes Soiza Reilly y, si bien señala que el medio podría negarse a realizarlo, basado en su derecho a la libertad de expresión, no se puede soslayar el derecho de las víctimas a que se diga la verdad de lo ocurrido, en línea con el derecho a la verdad que les asiste.

“¿Por qué Clarín podría oponerse a adecuar su noticia a la verdad probada en un juicio? Estamos en una sociedad democrática, hay un proceso activo de Memoria, Verdad y Justicia. Los juicios son espacios donde se reconstruye la verdad de lo ocurrido, donde se respetan todas las garantías constitucionales. La discusión pasaría por si los diarios en Argentina están de acuerdo con eso y sobre todo, en respetar el derecho a la verdad, tan importante para las víctimas y para la sociedad argentina, como un camino posible para garantizar que no se repitan estos hechos violentos”, añadió.

El primer pedido de rectificación se realizó en Bahía Blanca en 2015 para que La Nueva Provincia diera cuenta de los delitos cometidos durante el terrorismo de Estado. El multimedio tuvo un rol propagandístico de la dictadura y de la represión ilegal y, además, dos trabajadores del diario, Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola, secretario general y tesorero en el Sindicato de Artes Gráficas de Bahía Blanca, fueron secuestrados, torturados y luego asesinados en pleno conflicto gremial con la empresa y con sus dueños, la familia Massot.

La fiscalía a cargo de Miguel Palazzani y José Nebbia incluyó en su alegato un novedoso pedido de derecho a réplica colectivo por el que solicitó que el diario rectificara la información sobre las víctimas. “No hay ninguna razón o derecho para que sus historias queden contadas y fijadas en el diario como historias de delincuentes terroristas enemigos del pueblo argentino», señalaron.

En el juicio siguiente, de 2017, hicieron el mismo planteo.  El Tribunal, en ambos casos, hizo lugar pero puso como condición que la sentencia quedara firme para que se publique, algo que por la lentitud del Poder Judicial aún no pasó: las dos sentencias esperan la definición de la Corte Suprema de Justicia desde hace años.

Hay también antecedentes similares pero que no prosperaron por la negativa del tribunal. En 2017, en el juicio ESMA III, la fiscal Soiza Reilly exhibió decenas de notas de los diarios Clarín, La Nación, Crónica, La Prensa, La Razón y las revistas Para Ti y Gente, y solicitó que se ordenara a esos medios la publicación de la verdad, pero los jueces ni siquiera lo tuvieron en cuenta. Un caso emblemático es el de Thelma Jara de Cabezas, la sobreviviente de la ESMA que fue llevada por sus secuestradores para simular una entrevista que la revista Para Ti publicó con el título «Habla la madre de un subversivo muerto».

En Mendoza, también en 2017, la querella que representaba a la familia del poeta Francisco “Paco” Urondo reclamó que se rectificara un cable de Télam publicado por el diario Los Andes titulado “Abatieron en Mendoza a un delincuente subversivo” y señalaba que había usado “como escudo a un niño” y que “planeaba atacar una comisaría”, toda información falsa que había sido difundida por el Tercer Cuerpo del Ejército.  El Tribunal tampoco respondió al pedido. «

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