Multan a empresa de cosmética por usar patrones de belleza que asimilan la salud con la estética

La firma Nu Skin fue sancionada por publicidad engañosa, al prometer que mediante sus productos se accede a “una vida plena y una sensación de juventud”

La Subsecretaría de Acciones para la Defensa de los Consumidores sancionó hoy con una multa de $2,5 millones a la empresa de cosmética y productos de cuidado para la piel Nu Skin por difundir publicidad engañosa o confusa. La sanción fue determinada luego de comprobar que la compañía incumplió con el deber de suministrar en forma cierta y objetiva información veraz sobre los productos que comercializa.

La resolución establece que la firma Nu Skin Argentina INC violó el artículo 4° de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor al no haber brindando información cierta, clara y detallada al prometer que mediante ellos se accede a “una vida plena y una sensación de juventud” utilizando patrones estereotipados de belleza para la promoción de sus productos que asimilan la salud con la estética.

Se consideró que la publicidad de la empresa, entonces, genera un falso concepto de que quienes no cumplen con dichos patrones pueden tener complicaciones de salud y de que el no uso de sus productos puede derivar en distintas afecciones. Las publicidades de estos productos en ningún momento especifican cuáles son los beneficios concretos a la salud que traen consigo.

Además, la Disposición Nº 4980/2005 de Anmat establece la prohibición de mensajes publicitarios, para especialidades medicinales de venta libre, que provoquen temor o angustia sugiriendo que la salud de un sujeto se verá afectada en el supuesto de no usar el producto.

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