La investigación había sido archivada por falta de pruebas y fue reabierta por los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia. El ex ministro de Planificación está imputado junto al ex secretario de Energía Daniel Cameron.

Los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia anularon por “falta de fundamentación” el dictamen del fiscal federal Ramiro González, quien había recomendado el archivo de las actuaciones, a lo cual accedió el juez Daniel Rafecas.
Se trata de una causa impulsada a mediados de 2016 por Marcelo Blanco, por entonces Presidente de Nación Fideicomisos S.A., quien denunció supuestas irregularidades en el “Fondo Fiduciario para atender las inversiones de transporte y distribución del Gas” y del “Fondo Fiduciario para atender la contratación y Adquisición de Gas Natural destinado a la generación de Energía Eléctrica”.
En ambos casos, la operatoria se vinculaba con las obras para la ampliación de los Gasoductos de Transporte de Gas Natural 2006/2008
La denuncia indicaba que “durante la etapa de ejecución de las obras se habría detectado un apartamiento de las disposiciones legales vigentes, creándose procedimientos especiales para eludir los sistemas de contratación y control que resultaban aplicables al sector público, colocando en una situación ventajosa a la constructora Norberto Odebrecht S.A, ganadora de los concursos”.
La causa tramitó como una escisión del expediente principal de Odebretch vinculado con los gasoductos, y se orientó “a posibles sobreprecios en el proyecto de obra de adecuación de la Planta Compresora Beazley y en el valor de los materiales cítricos fabricados e importados desde Brasil con destino a la construcción del gasoducto Bahía Blanca – Buenos Aires”.
El fiscal González entendió que esas hipótesis no habían podido probarse y recomendó el archivo de las actuaciones. Pero la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Oficina Anticorrupción apelaron la medida.
Ahora, la Cámara corrigió: “se dijo que no existieron sobreprecios en dos obras investigadas en el proceso. Sea esa conclusión correcta o no (las querellas han expuesto sobre cursos de acción pendientes que impiden a su manera de ver arribar a aquella), lo cierto es que no se trata de una premisa suficiente para la definición a que se arribó (no seguir el impulso de la acción en torno a los dos hechos pidiendo archivar su pesquisa)”.
“Es que, aún en la propia posición del fiscal, había un plus de fundamentación que debía abordar y no efectuó. Ese plus incluye varios aspectos muy importantes del objeto del caso. Uno se vincula a la respuesta que todavía resta (después de varios años) dar con relación a otros posibles delitos cometidos en torno a los tramos de ejecución de las obras, como pago de sobornos. Los hechos todavía son materia de instrucción (debidamente impulsada y en pleno trámite) en derredor de esa posibilidad. Mal puede promoverse el cierre de su investigación sin siquiera tocar ese punto”.
En el expediente principal, Rafecas procesó a De Vido, Cameron y a los ex subsecretarios de Energía Eléctrica y de Combustibles Bautista Marcheschi y Cristian Folgar, por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública. A raíz de la actuación del juez en ese expediente, De Vido fue uno de los que objetó su postulación por parte del actual gobierno como procurador general de la Nación.
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