Consideraron que el fallo intenta prohibir la actividad política a la Tupac y a sus dirigentes y que avanza contra el derecho a la protesta.


Luis Paz señaló que la sentencia «tiene un marcado tinte político, como no podía ser de otra forma, en tanto fue adoptada por un empleado de Gerardo Morales, y señaló la sentencia como un intento de proscripción social que recuerda a la Revolución Libertadora. Es otro avance más sobre todos los actos represivos llevados adelante por este gobierno provincial contra la clase trabajadora este año».
Para Ariel Ruarte, también defensor de Sala, «Morales está tratando de hacerle a la organizacion barrial lo mismo que le hicieron los Españoles a Tupac Amaru. Utiliza no solo al Poder Judicial sino también a órganos cuasi judiciales que ha creado dentro del Poder Ejecutivo. Ninguno de los funcionarios designados por el contador está dispuesto a respetar la Constitución y los limites que este sistema de garantías le impone no solamente a los gobernados sino también a los gobernantes. Ni Morales ni sus funcionarios están respetando los límites y están avanzando sobre los derechos más importantes de la sociedad. Pero particularmente a la Tupac Amaru y a Milagro Sala se le aplica el derecho penal del enemigo, no se les respeta ningún derecho constitucional, no han podido demostrar ninguna vinculación entre la persona jurídica y el acampe. Sin embargo han podido desplegar toda la sanción violenta en contra de ella. Y no han podido avanzar con la restricción de la libertad de Milagro Sala porque iba a quedar muy notorio el hecho de que por la misma base fáctica ya estuvo privada de su libertad por 10 días», señaló Ruarte, y agregó: «Vamos a demostrar la ilegalidad, la inconstitucionalidad y la ilegitimidad de la decisión de este juez administrativo».
En relación a la condena a la Tupac Amaru, Paula Álvarez Carreras señaló que existe profusa jurisprudencia que sostiene que las personas jurídicas no puede cometer delitos, ni ilícitos ni contravenciones y pidió la nulidad parcial del alegato de la acusación que solicitaba que se condene a la organización barrial. En ese marco, también indicó que «los responsables de las acciones son las personas físicas que son las que las llevan adelante. Y aunque quisieran condenar a la Tupac Amaru, tampoco llegaron a demostrar cómo la organización cometió la contravención», cuestionó la letrada.
«Es una decisión escandalosa tomada por un funcionario administrstivo del Poder Ejecutivo provincial que excede sus facultades», dijo Alvarez Carreras en relación a la clausura de la sede de la Tupac Amaru y la prohibición a Milagro Sala de ser miembro de una organización en el ámbito de la provincia». Y reclamó: «No hicieron lugar a nuestros planteos sobre la nulidad de las actuaciones por la violacion de garantías constitucionales y al planteo de inconstitucionalidad por la figura por la que se la juzgó a Milagro, que es en definitiva el ejercicio de un derecho constitucional a manifestarse».
La abogada aseguró que la defensa va a solicitar la revisión integral de todo lo actuado ni bien se conozcan los fundamentos de la condena.
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