Por un fallo de la Corte, Córdoba no podrá cobrarle un impuesto a Monsanto

Los mismos jueces del fallo del 2x1 beneficiaron a la multinacional. Se opusieron al cobro de un impuesto a empresas que no tiene su planta en la provincia.

La Corte Suprema de Justicia le prohibió a la provincia de Córdoba cobrarle un impuesto adicional a la multinacional Monsanto por su actividad económica en ese territorio, pese a que no tiene una planta fabril allí. El máximo tribunal dictó una medida cautelar que inhibe al gobierno de Juan Schiaretti de percibir una tasa adicional por Ingresos Brutos.

“El estado provincial deberá abstenerse de reclamar a Monsanto Argentina S.R.L. las diferencias pretendidas en concepto de impuesto sobre los ingresos brutos, así como de aplicar y ejecutar multas y trabar cualquier medida cautelar administrativa o judicial sobre el patrimonio de la sociedad”, resume el fallo, firmado por los jueces Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. Se trata de la misma troika que suscribió el polémico fallo que concedió el beneficio del “2 x 1” a represores de la última dictadura para el cómputo de sus condenas.

Córdoba tiene una legislación local que establece el cobro de alícuotas diferenciales en ingresos brutos para empresas que operan en la provincia pero “no poseen un establecimiento productivo en ella”. La iniciativa apunta a impulsar la radicación de fábricas en la provincia, pero se choca con los reclamos de Monsanto y otras industrias que sostienen que ese impuesto adicional es “discriminatorio y se erige en palmaria contradicción con lo establecido en el artículo 10 de nuestra Carta Fundamental, como una verdadera aduana interior”.

La Corte viene dictando cautelares similares en otros casos anteriores. Por caso, en el reclamo de una firma misionera que fabrica poliuretano para colchones, que argumentó que “la actividad que desarrolla en las demás provincias es actividad industrial, ya que los ingresos que se registran en ellas provienen de la venta de los productos fabricados en aquel establecimiento”.

La Corte no diferenció a una Pyme de Monsanto. Entendió que el criterio aplicable en el caso es el mismo en uno y otro caso, y dictó la cautelar. Pero además determinó –tal como lo había sugerido la procuradora general adjunta Laura Monti- que el reclamo de la multinacional agraria es “competencia originaria”, es decir que el máximo tribunal será el único que intervendrá en el caso.

La medida provisoria dictada por la Corte, que en los hechos exime a Monsanto de pagar más, dispone que la empresa “tribute en lo sucesivo idéntica alícuota a la prevista en la legislación tributaria local para aquellos contribuyentes que desarrollen la misma actividad en establecimientos ubicados en la Provincia de Córdoba, todo ello hasta tanto se dicte sentencia definitiva en estas actuaciones”.

La Corte no tiene plazos para emitir un fallo definitivo, y durante ese lapso regirá la cautelar que protege a Monsanto –representada en el expediente por el abogado Eduardo Gil Roca- de pagar ese adicional por ingresos brutos.

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