Organizaciones, junto a un grupo de personas con “invalidez laboral”, interpusieron una acción judicial contra la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) por la suspensión arbitraria de las prestaciones. “El proceso de control exhibió graves irregularidades”, denuncian.

En los últimos meses, ANDIS suspendió 111.463 prestaciones que recibían personas con discapacidad de todo el país. De acuerdo a la información brindada por el jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos, estas suspensiones tuvieron como fundamento que sus titulares no habían recibido la citación para concurrir a la auditoría que el organismo está llevando a cabo y, en consecuencia, no habían asistido a ella.
Según la Agencia, esta situación configuró las causales previstas en el artículo 9, incisos (f) y (g) del Decreto 432/97, que establece que se suspenderá el pago de la prestación cuando “las citaciones enviadas por la Autoridad de Aplicación al beneficiario no pudieran ser entregadas por inconsistencias en los datos del domicilio declarado por él” y cuando “no pudieran ser entregadas por causales imputables al destinatario”.
De acuerdo al comunicado difundido por ACIJ, “estas causales de suspensión no existían con anterioridad, sino que fueron incorporadas a la normativa vigente en septiembre de 2024, de manera simultánea con el inicio de la auditoría y sin impulsar medidas de difusión para que las personas conocieran la nueva obligación que recaía sobre ellas”.
“El proceso de control exhibió graves irregularidades. Entre ellas, el hecho de que la única forma de citación de las personas fue el envío de cartas documento, un medio que no es accesible, desconoce la situación estructural de este grupo y no llega a todas las zonas del país. Según lo informado por el propio jefe de Gabinete, el 50,6% del total de cartas enviadas no habían podido ser entregadas. Aun así, se avanzó en las suspensiones”.
El documento de la ACIJ insiste en que “la quita se realizó sin informar de manera clara, específica y accesible las causales atribuibles a cada persona en particular, vulnerando el derecho de defensa de cada una de ellas. De hecho, muchas tomaron conocimiento de la suspensión al no cobrar el dinero, pero sin haber recibido notificación alguna”.
Por todo esto, en la demanda se solicita a la Justicia que condene a ANDIS “a restituir en forma inmediata las pensiones, argumentando que la conducta estatal implicó una violación del debido proceso y del derecho de defensa, que la causal de suspensión vinculada al domicilio es inconstitucional por ser irrazonable, que los principios de buena fe estatal y de no regresividad en materia de derechos humanos han sido gravemente violados y que se han vulnerado también los derechos a la protección social, a la salud y a la vida independiente de las personas con discapacidad”.
Además, la organización pide que la ANDIS se abstenga de “realizar nuevas suspensiones basadas en las normas cuestionadas y que, en caso de continuar con la auditoría, se adoptaran mecanismos de citación adecuados y todas las medidas de accesibilidad, los apoyos y los ajustes que se requirieran para que las personas fueran debidamente informadas y pudieran participar adecuadamente del proceso”.
El comunicado de ACIJ destaca que “las pensiones no contributivas constituyen un ingreso fundamental para asegurar la subsistencia de las personas con discapacidad”, y agrega: “Su eliminación arbitraria no ha hecho más que profundizar la situación de vulnerabilidad que este colectivo enfrenta y poner en riesgo su derecho a vivir con dignidad. En ese contexto, la intervención de la Justicia deviene fundamental para revertir este avasallamiento constitucional y defender el Estado de derecho”.
La decisión quedó en manos del Juzgado nro. 4 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de La Plata.
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