Juan Dib fue procesado por delitos de lesa humanidad en una causa que investiga los homicidios de 27 militantes del ERP-PRT ocurridos en agosto de 1976.
A la vez, la Justicia le trabó un embargo por 4,5 millones de pesos contra el ex funcionario policial, que fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de Buenos Aires a 7 años y 6 meses de prisión como coautor del delito de retención y ocultamiento del bebé Pablo Germán Athanasiu Laschan, y la supresión de su identidad.
Según fuentes judiciales, se trata del hijo de Ángel Athanasiu y Frida Laschan, una pareja de militantes chilenos pertenecientes al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) secuestrados y desaparecidos en Argentina. Pablo Athanasiu conoció su verdadera identidad en agosto de 2013, al convertirse en el nieto número 109 recuperado por Abuelas de Plaza de Mayo, y se quitó la vida en abril del año pasado en su departamento de la Ciudad de Buenos Aires.
El procesamiento del ex jefe de la delegación local de la Policía Federal se produjo como desprendimiento de una causa ya elevada a juicio en la que se ventilan los detalles de los secuestros y asesinatos de 27 militantes rosarinos del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), brazo armado del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT). En la parte elevada a juicio en octubre del año pasado hay cinco imputados, cuatro ex policías federales y un ex agente de Inteligencia del Batallón 121 de Rosario, aunque las audiencias orales no tienen aún fecha de inicio, señalaron fuentes judiciales.
Ahora el juez Bailaque consideró que Dib, en calidad de jefe de la PFA en Rosario, fue quien organizó los operativos conjuntos con el Ejército y proveyó los medios a sus subordinados para los secuestros, tormentos y homicidios. Los autores inmediatos no pudieron ejecutar los delitos ordenados si no se los hubiera conducido a ello y, a su vez, por orden de Dib como máxima autoridad de la Policía Federal en esta ciudad- se les hubieran otorgado los medios necesarios para ello, señala el auto de procesamiento. En el caso de Juan Dib agrega-, no sólo intentó asegurar la impunidad de sus subordinados, sino que también promovió los medios para que los mismos sean premiados y/o ascendidos por los hechos ilícitos que cometieron.
En esa línea, el fallo sostiene que las órdenes impartidas prescribieron la realización de secuestros, la aplicación de tormentos y la eliminación física de una vasta cantidad de personas definidas vagamente sobre la base de la genérica categoría de subversivos. Salvo en dos casos, ocurridos en septiembre y octubre de 1976, los otros 25 secuestros y homicidios ocurrieron en la primera quincena de agosto de ese año, y sus víctimas eran militantes de la misma agrupación política.
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