El convenio que había sido suscripto durante el Gobierno de Cambiemos no prosperó debido a las objeciones de la fiscal de la causa por la quiebra de la empresa.

La decisión de reabrir el sumario administrativo fue del procurador del Tesoro, Carlos Zannini, quien revocó «con fundamento en su ilegitimidad» una resolución de la anterior gestión del organismo del 3 de mayo de 2018, que lo había clausurado porque se concluyó que no hubo irregularidades imputables a agente alguno, según el texto al que tuvo acceso Télam. El sumario quedó reabierto luego que el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Pablo Cayssialis dictara a mediados de este mes un fallo en el que hizo lugar a una demanda de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) contra el cierre, por haberse vulnerado su derecho a ofrecer prueba. «Este organismo coincide con lo señalado en la sentencia», se explicó en la resolución, «en el sentido de que los procedimientos sumariales deben preservar las garantías del debido proceso adjetivo y salvaguardar la búsqueda de la verdad jurídica objetiva».
El sumario fue abierto en 2017 por la Procuración del Tesoro a pedido de la PIA, que requirió que «se esclareciera la posible comisión de irregularidades en el trámite asignado a una propuesta de acuerdo entre la concursada (Correo Argentino SA) y el Estado Nacional». Dicho acuerdo, gestionado en el gobierno de Mauricio Macri, quedó sin efecto por orden judicial y su aceptación hubiera derivado en un «significativo perjuicio para los intereses del Estado», advirtió entonces la PIA.
Durante el Gobierno de Macri, el Estado aceptó una oferta de ese grupo para abonar la deuda por el canon correspondiente en 15 cuotas, pero el acuerdo no prosperó porque la fiscal Boquín determinó que era ruinoso. Por la gestión de ese acuerdo hay una causa penal que tramita en los tribunales federales de Retiro, a cargo del juez Ariel Lijo, un aspecto que fue tenido en cuenta por la Procuración. «Resulta relevante la existencia de una causa penal en trámite» en la cual «se investigan hechos que prima facie guardan vinculación con los que deben ser objeto de esclarecimiento en sede administrativa», sostuvo la resolución firmada el 22 de marzo pasado y conocida este lunes.
Ante ello, y «sin perjuicio de la independencia entre las eventuales responsabilidades de carácter disciplinario y penal, la existencia de una investigación penal por hechos relacionados con los que dieron lugar al sumario ordenado» impone «actuar con extrema prudencia antes de disponer la clausura de las actuaciones sumariales», se argumentó en la decisión de la Procuración. Zannini dio intervención a las Direcciones Nacionales de Sumarios e Investigaciones Administrativas y de Asuntos Judiciales del organismo.
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en el dr ariel lijo quedamos los de a píe a la espera de JUSTICIA, SERA ASI O HABRA GAMBETITA Y TODO EN ORDEN ?