La medida fue adoptada por la Asamblea Nacional e incluye instituciones y títulos honorarios. Sólo podrá usarse en algún instituyo que se cree para estudiar su trayectoria.
La medida fue adoptada por la Asamblea Nacional, que celebró hoy su segunda y última sesión de 2016.
«Se prohíbe emplear su nombre para denominar instituciones, plazas, parques, avenidas, calles y otros lugares públicos, así como también cualquier tipo de condecoración, reconocimiento o título honorífico», dice el texto de la norma.
La ley también prohíbe el uso del nombre de Castro en marcas, emblemas y lemas comerciales, en la denominación de establecimientos y sociedades comerciales, así como en toda otra forma de actividad económica, incluida la publicidad.
En cambio, la norma autoriza a emplear el nombre de Castro «para denominar en un futuro alguna institución que se cree, conforme a la ley, para el estudio de su invaluable trayectoria en la historia de la nación».
También permite que se utilicen imágenes del líder muerto «en actos públicos, así como se mantendrán como hasta hoy sus fotos en centros de trabajo o de estudio, unidades militares e instituciones», informaron las agencias ANSA y DPA.
Castro falleció el 25 de noviembre pasado y en virtud de sus deseos, sus restos fueron cremados y depositados en el cementerio Santa Ifigenia, de Santiago de Cuba, en un sepulcro que no lleva ninguna imagen suya.
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