Qué dice el decreto N°330/2023 publicado en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro.

La norma establece que los medios deberán ceder un 5 por ciento de 12 horas de programación, es decir, un total de 24 minutos al aire, para la transmisión de las campañas electorales destinadas a las PASO del próximo 13 de agosto. El decreto estableció que aquellos medios audiovisuales que superen las 12 horas de programación serán habilitados por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) como señales aptas para la difusión de las propagandas políticas.
Por otra parte, el artículo 3 del Decreto N°1142/2015 que reglamenta el régimen de las campañas electorales en los servicios de comunicación audiovisual, establece que la lista será publicada en el sitio web de la Dirección Nacional Electoral (DNE) en tanto, en el artículo 12 se especificó que las empresas de comunicación audiovisual que sean de alcance nacional solamente emitirán las propagandas destinadas a las categorías de Presidente/a, vicepresidente/a y parlamentarios/as del Mercosur por distrito nacional.
Por otro lado, el decreto publicado este viernes incluyó el tiempo de difusión que será cedido para cada categoría electoral entre todos los partidos que participen de las primarias. Así, un 50 por ciento del espacio publicitario será distribuido entre las agrupaciones que cuenten con candidatos para los cargos de Presidente/a, vicepresidente/a y parlamentarios/as del Mercosur a nivel nacional.
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