La Cámara Federal porteña confirmó lo actuado por Servini en la causa en la que se investiga desvío de fondos destinados al programa.

El abogado Marcelo Maldonado, defensor de Segura y también de los otros ex directivos José Lemme, Miguel Ángel Silva y Carlos Atilio
Portell, había apelado la elevación a juicio dispuesta por la jueza María Servini. Argumentaba que la imputación era genérica e imprecisa y que de esa manera vulneraba el derecho de defensa en juicio.
“Dicho escenario dejaba a mis asistidos en la compleja situación de tener que defenderse de tipos penales genéricos y no así de hechos debidamente relatados, violándose de esa manera el principio de culpabilidad, el derecho de defensa en juicio y el debido proceso”.
Sin embargo los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens coincidieron en que la imputación se centraba en “todos y cada uno de los desvíos de los fondos públicos destinados al programa Fútbol Para Todos, una vez que estos habían ingresado a las arcas de la AFA; como así también cada una de las irregularidades detectadas en los contratos firmados entre esa parte, el Estado Nacional e Iveco Argentina S.A.”.
Sin embargo, el tribunal excluyó parcial y provisoriamente de la acusación a dos hechos. Respecto de Segura, “haber pagado el préstamo otorgado por el Banco Credicoop Cooperativo Limitado a la Asociación del Fútbol Argentino, garantizado con la cesión del convenio de fecha 20 de agosto de 2009 entre AFA y Jefatura de Gabinete por un monto de diez millones de pesos en 36 cuotas”. El fallo de Cámara señala que la jueza Servini, en la etapa de instrucción, “nada le reprochó al respecto toda vez que no intervino en la solicitud para la adjudicación de los mismos sino que fueron tomados con anterioridad a que comience su mandato en la AFA”. Esa acusación contra Segura, de momento, no corre.
La resolución también reduce la imputación contra Silva, ex vicepresidente primero de Arsenal de Sarandí, “en cuanto a la imputación por haber suscripto acuerdos de sponsor de los torneos de fútbol de primera División con fecha
18 de abril de 2011, entre la Jefatura de Gabinete, la AFA y la empresa ‘IVECO Argentina S.A., por el cual la entidad rectora del fútbol argentino percibió de parte de la empresa el monto de cuatro millones de pesos sin justificación alguna, toda vez que le había cedido al Estado los derechos para comercializar por sí o por terceros la totalidad de los productos de AFA a terceros, incluidos los de exportación y comercialización de publicidad durante la transmisión, comercialización de contenidos asociados”.
El fallo aclara que Servini, en diciembre de 2017, “decretó su falta de mérito, al entender que no había elementos suficientes para procesarlo y/o sobreseerlo respecto a dicho extremo fáctico”. Sin embargo, Taiano incluyó ese hecho en su requerimiento de elevación a juicio. Por ahora, tampoco estará.
El fallo de la Cámara remueve un obstáculo en el camino hacia el juicio oral y público, pero los imputados tienen todavía la posibilidad de recurrir ante la Cámara Federal de Casación y, eventualmente, ante la Corte Suprema.
La fecha de iniciación del juicio es todavía incierta y con pronóstico de lejanía.
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