El camarista federal Leopoldo Bruglia confirmó a la jueza, a pesar de los argumentos de los abogados de la vicepresidenta. Qué dice el fallo de un magistrado habituado a expedirse en contra de Cristina.

Bruglia, en un fallo unipersonal, ratificó a Capuchetti en la causa por el intento de homicidio contra la vicepresidenta, rechazó la recusación presentada por los abogados José Ubeira y Marcos Aldazábal y, además, los retó por haber alertado que la falta de esclarecimiento podría propiciar un nuevo ataque, del que la jueza sería responsable por el manejo de la investigación.
La recusación planteó que “con anterioridad a asumir a su cargo, la magistrada tuvo ‘indebidas relaciones con la AFI macrista’ y que ‘ha llegado a oídos de esta querella’ que la Dra. Capuchetti recibió consejos o indicaciones sobre cómo tratar mediáticamente el caso y las posibles líneas investigativas, luego de una reunión con jueces y camaristas”.
Para Bruglia, “las causales señaladas resultan claramente improcedentes y no merecen mayor atención, en tanto se tratan de afirmaciones hipotéticas, despojadas de elementos objetivos que permita otorgarles un marco de realidad, conllevando ello, además, un obstáculo infranqueable a los efectos de realizar un análisis valorativo al respecto”.
Así, Bruglia –cuestionado también él por presunta parcialidad a favor de intereses políticos vinculados con el ex presidente Mauricio Macri y su fuerza política, Juntos por el Cambio- desoyó y descartó los argumentos de la querella de la vicepresidenta, víctima del ataque y principal rival política de toda la oposición.
“Por el momento no se desprende en el marco de estas actuaciones, acto alguno por parte de la magistrada interviniente que pueda inferir un objetivo y concreto dato de parcialidad”, dijo Bruglia al ratificar a Capuchetti. La jueza esperaba esta resolución; no obstante, en las últimas horas delegó la investigación en el fiscal Carlos Rívolo. Ahora que recibió el espaldarazo unipersonal de la Cámara ¿mantendrá esa delegación o reasumirá el comando del expediente?
Bruglia rechazó la recusación porque los abogados de CFK sólo manifestaron su “disconformidad –pueda ser acertada o no- con ciertas aristas relacionadas con el modo de llevar adelante la presente investigación, pero de ningún modo concreta una evidencia que demuestre la ausencia de imparcialidad invocada”.
En todo caso, esas disconformidades deben ser “canalizadas por los instrumentos recursivos pertinentes y específicos que para ese fin establece el Código Procesal Penal de la Nación”. Es decir, si la jueza no hace lugar a un pedido de medida de pruebas, los abogados pueden apelar esa decisión. Pero en la Cámara la respuesta invariable es que eso forma parte del manejo discrecional de los jueces para llevar adelante una investigación. En resumidas cuentas, algo así como “el cuento de la buena pipa”.
Bruglia retó al abogado Ubeira por “las impropias expresiones vertidas en los momentos finales de la audiencia, al referirse a una eventual responsabilidad de la magistrada en cuestión de hipotéticos casos de hechos posteriores o riesgos sobre la vida o seguridad de su representada y entorno familiar”.
Ubeira advirtió que la falta de esclarecimiento completo del intento de magnicidio favorece la posibilidad de nuevos ataques. La historia argentina demuestra que porque no hubo (aún no hay) esclarecimiento del atentado contra la Embajada de Israel en 1992 fue posible el ataque a la AMIA dos años después. En la concepción de Bruglia pareciera que ambos episodios no tuvieron correlación.
“Estos improcedentes dichos, más allá del valor o gravedad que se les quiera o pueda asignar, al ser vertidos en el ámbito de una audiencia, observables en este caso, entiendo deben ser tenidos en cuenta como antecedente de su actuación”, le avisó Bruglia a Ubeira.
Apegado a un formalismo autoprotectivo del Poder Judicial, el camarista sostuvo que “la aplicación del instituto de la recusación resulta absolutamente restrictiva y las críticas a la instrucción que formula la querella para sustentar el pedido de apartamiento de la jueza -las cuales ninguna de ellas ha sido materia de revisión por parte de esta Alzada-, exceden el margen de actuación de esta incidencia”.
Bruglia reconoció, con todo, que el intento de homicidio contra Cristina Kirchner fue un hecho grave. “Este singular escenario exige, sin duda alguna, una actividad y respuesta jurisdiccional, donde impere una investigación profusa y sin demoras, en la que se considere y se agote toda línea de investigación que pueda tener algún impacto en la hipótesis delictiva. Para ello, se debe priorizar la realización del universo de medidas probatorias que resulte indispensable para determinar o descartar cualquier otra participación en el hecho, más allá de la reprochada a los sujetos que ya fueran identificados y procesados”.
Sin embargo, subrayó que “las causales de recusación de magistrados deben ser evaluadas con el máximo de ponderación y prudencia, evitando que se utilicen como un instrumento eficaz para separar al juez interviniente del conocimiento de la causa cuando sus resoluciones no le sean favorables, contrariando las normas constitucionales que contemplan el principio del juez natural”.
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Excelente, independencia del Poder Judicial!