En mayo de 2019, el legislador fue baleado cerca del Congreso. Uno de los imputados pidió ser liberado pero la Cámara del Crimen consideró que existe riego de fuga: cuando fue detenido se encontraba a cientos de kilómetros de su casa, cerca de la frontera con Uruguay.

Se trata de Juan Jesús Fernández, de 43 años de edad, imputado por “los delitos de doble homicidio agravado por haberse cometido con alevosía y por placer y mediando el empleo de un arma de fuego en concurso real con portación de un arma de guerra sin la debida autorización legal”.
Fernández está acusado junto con Juan José Navarro Cádiz, de 26 años, por el doble homicidio. Los últimos peritajes policiales indican que fue Navarro Cádiz quien efectuó los cinco disparos que acabaron con las dos vidas.
En febrero pasado, la Cámara había confirmado los procesamientos con prisión preventiva de ambos, pero Fernández cambió de abogado y encargó su defensa al penalista Oscar Moyano, quien pidió su excarcelación.
Pero los jueces Juan Esteban Cicciaro y Mauro Divito rechazaron el planteo tras recordar “el comportamiento asumido por el imputado, quien, pese a residir en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue detenido al día siguiente del hecho en la ciudad de Concepción del Uruguay, provincia de Entre Ríos, adonde se trasladara en un automóvil y en compañía de Miguel Navarro Fernández, probablemente con la finalidad de cruzar a la República Oriental del Uruguay, como lo precediera el coprocesado Juan Navarro Cádiz”.
Ese supuesto intento de huida es –según los jueces- “ilustrativo de los medios empleados en orden a sustraerse de la investigación –se recuerda que Fernández permaneció alojado en una cabaña-, se ha verificado el peligro de elusión”, una de las dos razones esenciales para el dictado de la prisión preventiva.
“Resulta relevante que, luego de ocurrido el hecho y previo acordarlo, los coprocesados Juan Jesús Fernández Cano y María Argentina Cádiz Vargas se dirigieron al estacionamiento donde permanecía guardado el automóvil de Fernández y retiraron el arma homicida, la que, a su vez, fue trasladada en el carrito de una niña”.
Esa conducta, la de entorpecer la investigación, es la segunda causal para la preventiva y el rechazo a una excarcelación mientras se sustancia el proceso judicial.
“Los peligros procesales analizados no pueden ser conjurados mediante otras alternativas –sea una simple promesa, pautas de conducta, obligaciones, prohibiciones o cauciones-“, resolvieron los jueces.
Tampoco le concedieron la prisión domiciliaria, que había sido solicitada en razón de la pandemia de Covid-19. Fernández padece de “estrés, hipertensión arterial, obesidad, diabetes y Dislipidemia”, por lo que “se trata de un paciente vulnerable”.
Sin embargo, la Cámara consideró que el sistema penitenciario está en condiciones de asistirlo ante una eventual emergencia o necesidad de aislamiento.
El 9 de mayo de 2019 Olivares y su asesor Yadón realizaban una caminata aeróbica en cercanías del Congreso cuando fueron baleados desde un automóvil estacionado.
Yadón sufrió tres impactos y murió en el lugar; Olivares, malherido, fue operado en dos oportunidades pero falleció tres días después.
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