Rechazan la prescripción de una causa por lavado de dinero contra el BNP Paribas

Por: Néstor Espósito

Un total de 14 procesados por “asociación ilícita y lavado de activos” parecen encaminarse así, definitivamente, al juicio oral y público, con sus bienes embargados hasta cubrir la suma de más de 12 mil millones de pesos.

La Cámara Federal rechazó este miércoles la prescripción de una causa por fuga de divisas y lavado de dinero en la que están procesados directivos del banco BNP Paribas por una defraudación contra el fisco del orden de los mil millones de dólares. 

Se trata de una presunta maniobra de “evasión y lavado de activos a través de la oficina clandestina que la entidad mantenía en el piso 25 de su sede central ubicada en avenida Alem 855”, según se desprende de la documentación, a la que tuvo acceso Tiempo.

Un total de 14 procesados por  “asociación ilícita y lavado de activos” parecen encaminarse así, definitivamente, al juicio oral y público, con sus bienes embargados hasta cubrir la suma de más de 12 mil millones de pesos.

«La tarea que se desempeñaba en la oficina del piso 25 del edificio de Leandro N. Alem 855 de esta ciudad se desarrollaba a espaldas del Banco Central de la República Argentina no sólo por un mero descuido u olvido administrativo sino porque la clandestinidad de la oficina era necesaria para cumplir con la tarea de asesorar, expatriar, administrar y repatriar el dinero de clientes que obtuvieron ilícitamente y, por ende, no podía ser declarado o ingresado al mercado financiero sino a través de las operaciones que los imputados ofrecían, para lo cual como oficina que formaba parte del grupo BNP Paribas estaban provistos de contactos a nivel mundial, conocimiento técnicos y recursos materiales necesarios», sostuvo la resolución que dictó los procesamientos de los involucrados, cinco de ellos de origen francés.

Uno de los procesados, Daniel Omar Mónaco, asesor financiero del banco multinacional con sede en Francia, presentó a través de su abogado, Walter Weisswein, “un planteo de prescripción por violación de la garantía de ser juzgado en un plazo razonable atento a la excesiva duración de la tramitación de la causa en la cual se encuentra imputado”.

Sostuvo, en ese sentido, que “la complejidad de las actuaciones en la que el Juez de grado fundó su decisión no justificaba la prolongación en el tiempo de la presente investigación cuyo inicio se remonta al año 2009”.

Pero los camaristas federales Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens replicaron que “es justamente la no acreditación de una violación ostensible del derecho a ser juzgado en un plazo razonable lo que, de momento, impide dar curso a la pretensión formulada en ese sentido en la medida que no se exhibe en la tramitación de la causa en la cual se encuentra imputado Mónaco la dilación a la que hace referencia”.

Los camaristas hicieron hincapié en “la compleja ingeniería financiera que exteriorizan los hechos de autos, que impetra necesariamente, la articulación de una metódica y no menos compleja articulación histórica de los mismos, que claramente, a esta altura, se compadecen, con una operatoria trasnacional destinada a excluir de todo contralor del Estado, los “productos” y beneficios financieros ilegalmente ofrecidos a través de ese montaje.”

El expediente se encamina al juicio oral en el que deberán comparecer los franceses Phillipe Yves Henry Joannier, ex director general de la sucursal argentina hasta mayo de 2006; Christian Marie Francois Giraudon, su sucesora hasta fines de 2008; Christian Armand Agustin Abeillon, director administrativo hasta 2006 y Michel Michael Basciano, su reemplazante. Alexis Nicolás Quirot de Poligny, también francés y responsable de la oficina desde donde se realizaban las operaciones financieras, también integra la lista.

El resto son argentinos, todos ellos asesores financieros como Mónaco: Silvia Beatriz Zyla, Fernando Gabriel Celaya, Osvaldo Daniel Rodríguez, Carlos Raúl Long, Ignacio Héctor Borthaburu, Luis Pablo Cremona, Santiago Virgilio Tedín Uriburu, Elba Hilda Guibernau.

“No se verifica en la especie razón alguna que permita aplicar el instituto de la prescripción”, subrayó la Cámara al rechazar la extinción de la acción penal.

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