El beneficio para empleadores y empleadoras del sector privado se aplicará a quienes contraten a una mujer, travesti, transexual, transgénero o con discapacidad acreditada mediante certificado.

El beneficio de 95% se aplicará a quienes contraten a una mujer, travesti, transexual, transgénero o con discapacidad acreditada mediante certificado, mientras la rebaja será de 90% en caso de contratar varones. Los empleadores gozarán de este beneficio por cada nueva incorporación si el trabajador participó durante los últimos 12 meses, o se encuentra participando, en programas y/o políticas educativas, de formación y empleo y de intermediación laboral.
La ayuda económica prevista en esos programas y políticas podrá ser considerada a cuenta del salario de la trabajadora o del trabajador que acceda a una relación laboral incluida en el beneficio dispuesto en el decreto. Se menciona específicamente a los beneficiarios del Seguro de Capacitación y Empleo; los programas de Inserción Laboral; Jóvenes con más y Mejor Trabajo; Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo; Jóvenes y MiPymes; y Prestaciones por Desempleo, así como el Plan de Formación Profesional y Continua, las acciones de Entrenamiento para el Trabajo y el Portal Empleo.
«Estudios de evaluación de impacto revelan que las políticas educativas, de entrenamiento para el trabajo, de formación profesional y de inserción al empleo registrado incrementan las posibilidades de las trabajadoras y los trabajadores de acceder a un empleo formal», indicó el decreto. La nueva incorporación debe producir un incremento neto en la nómina de personal respecto del mes inmediato anterior al de la entrada en vigencia del decreto, el cual será considerado como «período base».
En caso de incumplir con este último punto, realizando «prácticas de uso abusivo» al sustituir personal vigente por individuos que aplican a este programa, se excluirá al empleador de la medida de forma automática. Además, «deberán ingresar las contribuciones con destino a la seguridad social no abonadas por haberse acogido a la reducción, más los intereses y multas».
Los empleadores que figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) no podrán acceder al beneficio, y las reducciones de cargas tampoco se aplicarán en caso de que el trabajador incorporado ya tenga un trabajo registrado en el sistema de seguridad social. El Ministerio de Economía podrá establecer cantidades máximas mensuales y anuales de nuevas relaciones laborales, a las que se les podrá aplicar el beneficio según el presupuesto nacional.
Por otra parte, ayer informó la cartera laboral que más de 7.500 jóvenes y unas 150 pequeñas y medianas empresas ya se inscribieron en pocas horas en el programa Te Sumo, lanzado por los ministerios de Trabajo y de Desarrollo Productivo. El programa promueve que las pequeñas y medianas empresas que contraten personas de 18 a 24 años, se vean beneficiadas con una reducción en aportes patronales y reciban un apoyo económico del Estado.
Más allá del programa, más de 20.000 personas ingresaron a la plataforma del Ministerio de Trabajo que busca conectar trabajadores y trabajadoras en búsqueda activa de empleo con ofertas de trabajo y posibilidades de formación profesional. El Portal de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación cuenta hasta el momento con 381 empresas inscriptas y 20.882 personas ingresadas, provenientes de todas las regiones del país, de los cuales 5.972 ya cargaron sus CV. La plataforma permite, en el caso de la parte trabajadora, generar un currículum vitae para imprimir o enviar por correo electrónico en forma gratuita; acceder a videos informativos, motivacionales y actividades interactivas vinculadas al mundo del empleo y la formación profesional; postularse a ofertas de empleo; y visualizar una amplia gama de ofertas de formación a distancia, presenciales o semipresenciales, entre otras cosas.
Por la parte empleadora, brinda la posibilidad de publicar ofertas laborales y realizar búsquedas de personal; seleccionar perfiles de postulantes registrados en la plataforma; y solicitar a la Oficina de Empleo asistencia para la búsqueda y selección de postulantes y/o asesoramiento sobre programas de promoción del empleo y formación profesional.
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