El condenado no habría participado del hecho. El caso fue recogido por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y, especialmente, por la organización internacional Innocence Project.

El caso fue recogido por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y, especialmente, por la organización internacional Innocence Project, la ONG que consiguió en 2016 revertir en la Corte Suprema una condena a 30 años de prisión contra Fernando Carreras, víctima de una causa armada conocida como “la masacre de Pompeya”.
La Casación bonaerense comenzará a revisar mañana todas las condenas por el intento de copamiento de la comisaría de San Justo, que ocurrió en la madrugada del 30 de abril de 2018. Los atacantes buscaban liberar a Leandro David Aranda, quien estaba detenido por un caso de narcotráfico.
Un tribunal oral de La Matanza condenó a cuatro imputados a medio siglo de prisión (la pena máxima prevista por las leyes argentinas) por tentativa de homicidio, las lesiones y el intento de favorecer la fuga de un preso, Aranda, quien también resultó condenado como sujeto pasivo de la acción de quienes propugnaban por su libertad.
Entre quienes recibieron la pena más alta está Sebastián Ariel Rodríguez, quien –según su defensa y las ONGs que se presentaron como “amicus curiae” en el proceso- fue completamente ajeno al hecho. Más aún: los propios condenados, que formaban parte de un grupo organizado que intentó copar la comisaría, afirmaron que no lo conocen.
Rodríguez lleva cuatro años detenido. Era adicto al paco, malvivía en automóviles abandonados en depósitos debajo de la autopista y padece afecciones de salud que lo obligaron a usar una bolsa de colostomía para evacuar sus heces.
¿Cómo quedó involucrado en el hecho? Un testigo que estaba esperando un colectivo en una parada cercana a la seccional confeccionó un identikit de los asaltantes. Cuando Rodríguez fue detenido (a raíz de supuestas tareas de inteligencia de la Policía Bonaerense que incluyeron escuchas telefónicas en las que se hablaba de un tal “Seba”), fue sometido a una rueda de reconocimiento. El testigo lo señaló, pero la fisonomía y el porte físico de Rodríguez no coincidían. El testigo confundió también el número de personas que participaron de la ronda de reconocimiento. Además, no se pidieron las cámaras de seguridad y el testigo dijo haber tomado el ómnibus en un horario que, según se determinó, fue anterior a la ocurrencia de los hechos.
En cuanto a la escucha telefónica, la voz que quedó registrada no se condice con la de Rodríguez. La defensa del condenado, a cargo del abogado Fernando Sicilia, pidió un peritaje para comparar las frecuencias y rangos de sonido, pero le fue rechazado porque no había sido propuesta en la etapa previa al inicio del juicio oral.
Sebastián efectivamente existe, pero no es Rodríguez, asegura Sicilia. “A raíz de un artículo periodístico, se nos contactó y nos pasaron los datos y fotos del verdadero autor del hecho, que coincide con el identikit que figura en la causa”. Para la defensa, hay un culpable libre y un inocente preso. En ese contexto, denunció que la Justicia se niega a realizar medidas de prueba que –asegura- desvincularían definitivamente a Rodríguez de los hechos por los que fue condenado. Entre esas medidas figura un examen de ADN sobre cabellos hallados en una gorra secuestrada durante la investigación. Rodríguez fue condenado por tentativa de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas ‘criminis causae’, contra un miembro de la seguridad pública y por haber sido cometido mediante el empleo de arma fuego, portación ilegal de arma de guerra y evasión en grado de tentativa.
Según el abogado Sicilia, Rodríguez, hoy de 45 años de edad, “fue condenado a muerte por un delito que no cometió”.
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