Rige la ley de paridad de género para las próximas elecciones

El decreto que reglamenta la ley de 2017 determina que las listas deberán estar compuestas en partes iguales por varones y mujeres de manera intercalada. Así se reemplaza la ley de cupo que ponía un piso del treinta por ciento.

El gobierno nacional escogió el día del Paro Internacional de Mujeres para reglamentar la ley de paridad de género, sancionada en noviembre de 2017. El Decreto 171/19 se fundamenta en la necesidad de garantizar «la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios», tal como expresa el artículo 37 de la Constitución Nacional

La legislación establece que las listas de candidatos que compitan en elecciones nacionales –al Congreso Nacional y al Parlamento del Mercosur– deben estar conformadas no solo en un cincuenta por ciento por mujeres y hombres, sino que especifica que deben aparecer de manera consecutiva e intercalada en las boletas.

Hasta el momento, en el ámbito nacional regía la ley de cupo femenino de 1991, que obligaba a que las listas tuvieran sólo el 30 por ciento de mujeres. Entonces, la ley ya regirá para las PASO del 11 de agosto y para las elecciones generales del 20 de octubre. Sin embargo, como las bancas de ambas cámaras no alcanzan este porcentaje, será con las sucesivas elecciones que se irá completando la paridad legislativa.

El artículo 12 del decreto especifica que «el género del candidato o candidata estará determinado por el sexo reconocido en el DNI vigente al momento del cierre del padrón electoral, independientemente de su sexo biológico o, en su defecto, constancia de la rectificación del sexo inscripta en el Registro Nacional de las Personas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 26.743». Es decir que no podrán presentarse dos personas del mismo género de manera continua en una misma lista.

El decreto, que fue publicado este viernes en el Boletín Oficial, determina que en el caso de que se considere que la lista se ha conformado violando la ley, «todas las personas inscriptas en el padrón electoral de un distrito tienen derecho a impugnarla ante la Justicia Electoral».

La norma no solo comprende la representación en el Congreso y el Parlamento del Mercosur, sino que incluye a los partidos políticos que deberán adecuarse, al apuntar que «la paridad de género en el ámbito interno de las agrupaciones políticas, tanto de distrito como del orden nacional, comprende a todos los órganos que prevea la carta orgánica partidaria respectiva, y a los que transitoriamente pudieran crearse por decisión de los órganos constituidos»

Compartir

Entradas recientes

El contratista de Adorni aportó chats y facturas por una obra de U$S 245 mil pagada en «dólares billete y en efectivo»

Matías Tabar se presentó de forma espontánea ante la Justicia para ampliar su declaración en…

9 horas hace

Kicillof lanzó el «MDF Mujeres» y envió un mensaje al peronismo: «No hay que perder el tiempo en internas»

El gobernador lanzó un nuevo brazo del MDF en Ensenada. Hubo clamor por “Axel Presidente”…

10 horas hace

Trabajadores de la Salud ultimaron los detalles del paro del próximo miércoles

“Las decisiones políticas y sanitarias del Gobierno nacional han puesto en una situación extremadamente delicada…

10 horas hace

Escapadas más caras: Trenes Argentinos aplicó nuevos aumentos para viajar a Mar del Plata en la previa del fin de semana largo

El boleto mínimo en clase Primera ya cuesta $ 32.000, mientras que la categoría Pullman…

10 horas hace

Denuncian persecución y hostigamiento xenófobo a la migración pobre

Denuncian hostigamiento xenófobo y persecutorio en perjuicio personas pobres de la comunidad boliviana, paraguaya y…

10 horas hace