Confirman la sentencia por abuso sexual contra el legislador tucumano José Orellana

La Cámara de Casación Penal confirmó la condena de tres años de prisión al exintendente de Famaillá. El fallo incluye inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Los jueces de la Cámara Nacional de Casación Criminal Alberto Huarte Petit, Mario Magariños y Pablo Jantus la sentencia de primera instancia dictada por el juez Federico Salvá condenando al exintendente y exdiputado nacional José Fernando Orellana, como autor del delito de abuso sexual: a la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para acceder a cargos públicos.

La causa se inició tras la denuncia de Agustina Poch (colaboradora de la diputada Gabriela Troiano) quien denunció actos de abuso sexual cometidos por Orellana el 11 de noviembre de 2016, en el interior de su despacho del Anexo H del Congreso de la Nación.

Si bien aún falta la instancia de apelaciones para terminar de confirmar la sentencia, la ratificación de Casación podría provocar el desplazamiento de Orellana de su banca provincial.

“Siempre creí que el camino es la justicia, pero estos procesos son muy largos y tediosos, casi 8 años en donde hay mucho desgaste emocional. Fue realmente impensado la cantidad de personas que se solidarizaron y se acercaron a acompañarme, fue muy fortalecedor para poder continuar”, expresó la denunciante al portal de TN

Orellana negó en más de una ocasión las acusaciones y dijo que se trataban de operaciones políticas. A pesar de la denuncia, finalizó su mandato como diputado nacional por Tucumán, y en 2019 fue elegido nuevamente como intendente de Famaillá. El proceso judicial continuó su curso, y aunque inicialmente había sido sobreseído, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ordenó en 2020 el procesamiento de José Orellana por considerarlo “autor penalmente responsable del delito de abuso sexual”.

Con respecto a la investigación del delito, la querella informó en un comunicado que se inició días después de esos hechos y, «en medio de una injustificada demora en la etapa investigativa, terminó siendo impulsada por la víctima que tuvo la oportuna conformidad de la Sala IV de la Cámara de apelaciones del fuero para poder arribar a la etapa del juicio oral y público». Una vez finalizada la producción de pruebas y los alegatos de las partes, el Juez a cargo del Tribunal oral N° 28 dio por cerrado el debate para dictar, posteriormente, el fallo condenatorio que resultó ahora confirmado por la Sala 3ª del Tribunal de Casación Criminal y Correccional.

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