Por Gustavo Sain, especialista en cibercrimen*
Asimismo resulta condicionante el rol de las empresas proveedoras de servicio (ISPs), que almacenan registros de usuarios y comunicaciones que eventualmente pueden servir como evidencia digital ante la comisión de un hecho ilícito.
En este sentido y ante una denuncia judicial radicada en un determinado país, hay inconvenientes en términos de solicitudes cursadas por los tribunales: la empresa puede negarse a brindar información sobre sus usuarios, requerida por la justicia local, al no tener representación legal a nivel local y argumentando que se rige según la legislación de privacidad de su país de origen.
En este contexto, la premisa de no intervencionismo pregonada por las asociaciones que administran la red atenta contra la facultad indelegable de los Estados de garantizar los derechos y libertades de los ciudadanos en cuanto a su integridad y la protección de sus bienes ante conductas lesivas.
De ahí la importancia de una legislación nacional que regule el funcionamiento de Internet que obligue a las proveedoras de servicio extranjeras a adecuar los términos y condiciones de uso a la normativa local, y a almacenar los datos de conexión de sus clientes y los registros de acceso a aplicaciones ante un eventual requerimiento judicial. Sin esto, cualquier herramienta legal de investigación de delitos informáticos puede resultar inaplicable. «
*Profesor de la Universidad Nacional de Quilmes y asesor en delitos informáticos del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Del lunes 13 al sábado 18 de abril, las casas de altos estudios frenan su…
“Para nosotros el resultado es doloroso, pero ha dejado claro que no nos ha otorgado la…
El anuncio, realizado a través de un comunicado oficial del mando naval de los Guardianes…
El presidente anunció que la Armada de EEUU impedirá el paso de naves que hayan…
El Fondo Monetario se niega a aprobar la segunda revisión. El gobierno de Trump mantiene…