En dos meses estará lista la normativa que lo permitirá. El objetivo es que la competencia de Aerolíneas Argentinas tenga costos más bajos y le saquen mercado con pasajes más baratos.

La decisión forma parte de la batería de medidas que pretende tomar el gobierno nacional para desactivar la lucha de los sindicatos que representan a los distintos sectores de trabajadores de Aerolíneas Argentinas y, como objetivo de fondo, la liberalización completa del mercado aeronáutico.
Aerolíneas Argentinas controla el 70% del mercado de cabotaje argentino y es la única operadora aérea para la mitad de las capitales de provincia del país. Su achicamiento o desaparición es un objetivo de distintos sectores políticos y empresariales desde hace más de 35 años.
El decreto 844/2024, publicado en el Boletín Oficial este lunes, dice: “Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (…) a establecer los estándares y/o procedimientos necesarios para la aplicación de los artículos 106 y 107 de la Ley N° 17.285 y sus modificatorias (CÓDIGO AERONÁUTICO) dentro de los SESENTA (60) días de la publicación del presente decreto, encomendándose asimismo a dicha Autoridad el otorgamiento de las autorizaciones contempladas en los artículos citados”.
Los artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico fueron modificados en diciembre pasado por el DNU 70/2023, el megadecreto con el que Javier Milei inauguró su gobierno y que sigue vigente, aunque la Cámara de Senadores ya votó por su rechazo y resta saber qué hará la Cámara baja al respecto.
Hay que recordar que así fuera derogado ese DNU, las decisiones que se hubiesen tomado bajo su amparo legal quedarían vigentes.
Ese será el caso de los dos artículos del Código Aeronáutico modificados en diciembre pasado. El 106 declaraba hasta esa fecha que las tripulaciones de los vuelos de cabotaje debían ser argentinas. El cambio introducido mediante el DNU en su artículo 212, es un agregado que dice: “El Poder Ejecutivo Nacional podrá autorizar un porcentaje de personal extranjero, estableciéndose un procedimiento gradual de reemplazo del personal extranjero por personal argentino”.
En tanto, el artículo 107 establecía que las aeronaves en uso para vuelos de cabotaje debían estar matriculadas en la Argentina. La modificación introducida estableció que ahora se podrán emplear aviones no matriculados en el país pilotados por argentinos.
La ANAC tiene, entonces, 60 días para establecer las normas que viabilizarán estas medidas. Se entiende que quienes podrán aprovecharlas serán las empresas low cost y otras por los menores costos para competir con pasajes más baratos. Se descarta que sean empleados en la propia Aerolíneas Argentinas.
En los sindicatos que actúan en Aerolíneas se advirtió que las medidas afectarán profundamente la seguridad de los vuelos tanto por la presencia de pilotos cuya calidad profesional se desconoce, como de aviones sin antecedentes operativos y de mantenimiento.
“La introducción de tripulaciones extranjeras y de aviones no matriculados serán empleadas para bajar los costos de los otros operadores y facilitarles la creación de rutas sobre la base de la flexibilización laboral, sueldos de miseria y mayor inseguridad en el vuelo”, le dijo a Tiempo una fuente.
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