Un juez de Córdoba hizo lugar a una cautelar en contra del Decreto 690/20. El vicepresidente del Enacom, Gustavo López, advirtió que "puede ser un antecedente peligroso" y lo calificó de "disparate".

La pelea con el Grupo Clarín radica en que Telecom desconoció el DNU y aumentó los montos de los servicios en un 20%, cifra que representa un 300% más de lo autorizado. A partir de ahí, la mayoría de las grandes empresas del sector (todas, excepto Claro) siguieron los pasos del grupo liderado por Héctor Magnetto y presentaron distintas medidas cautelares en contra del citado decreto.
La Justicia ya emitió 5 fallos en contra de los gigantes comerciales que reclaman más aumentos. Por su parte, el Enacom intimó a las empresas a que cumplan con lo reglamentado y amenazó con multas. Sin embargo, el escenario se complejizó a partir del fallo del Juzgado Federal de Córdoba N° 1, a cargo del Dr. Ricardo Bustos Fierro, a favor de una operadora de cable de Villa del Rosario, miembro de la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC), que nuclea a su vez a muchas de las grandes empresas del sector.
Desde la ATVC, celebraron el fallo en un comunicado que asegura la cautelar “determina la suspensión del DNU 690, del DNU 311 y de todo acto dictado como consecuencia de dichas normas. Asimismo, ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al ENACOM abstenerse de emitir y llevar a cabo acto alguno con fundamento en dichos decretos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.
El vicepresidente del Enacom, Gustavo López, advirtió a Tiempo que el fallo “puede ser un antecedente peligroso porque puede haber una cola muy larga de empresas que vayan al mismo juzgado a pedir lo mismo”. Sin embargo, aseguró que “ya tenemos 5 fallos a favor y vamos a aplicar la norma sin miramientos”.
En el mismo orden, López consideró: “Lo que dice el comunicado de la ATVC es falso porque, por un lado, es solo una empresa de cable que no presta otro servicio; segundo, el amparo solo es para quien lo presenta y no tiene efecto sobre los demás; y tercero, el fallo es un disparate porque además declara inconstitucional la Ley 26.854”.
Esa ley, aprobada en 2013 en el Congreso, establece que en medidas cautelares contra el Estado, el juez interviniente debe ordenar una vista previa al Estado, con el fin de que este pueda responder. En ese momento, esa ley buscó impedir el efecto Ley de Medios, que fue frenada en muchas oportunidades con medidas cautelares presentadas por las empresas más poderosas del sector.
Sobre este último punto, López razonó: “El juez declara inconstitucional la Ley y frena el Decreto 690. Me pregunto: ¿Puede un juez suplantar al poder legislativo? Porque este fallo voltea dos normas”.
Finalmente, el funcionario expresó: “Los grandes grupos suelen hacer esto: se presentan en 50 juzgados distintos hasta que uno les dicta lo que quieren. Haremos las apelaciones correspondientes y, si es necesario hacer un juicio político, lo haremos”.
Aumento para las pymes y cooperativas
En medio de esta contienda, el Enacom autorizó una suba del 7 por ciento a pequeños prestadores que posean menos de cien mil clientes.
Tal como adelantó Tiempo en la edición del domingo 31 de enero, pymes y cooperativas que brindan servicios de telecomunicaciones fueron autorizadas a elevar las tarifas. En enero, se había autorizado una suba del 5% a todo el sector y del 8%, para pymes y cooperativas.
Sobre esta cuestión, López había adelantado a este medio que “para pymes y cooperativas del sector, habrá un aumento en febrero porque ellos sí han demostrado ese daño; no queremos que a nadie le vaya mal, queremos que se respete el Decreto”.
Así las cosas, las pymes y cooperativas de telecomunicaciones recibieron en lo que va del año autorizaciones de subas por un 15,5%.
“Es parte de una concepción de un Estado inteligente en materia regulatoria poder segmentar a los sectores para poder dar soluciones concretas a realidades diversas”, plantea la Resolución 27/2021, firmada por el presidente del Enacom, Claudio Ambrosini, y publicada el martes último en el Boletín Oficial.
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